Ahijado

Concepto de Ahijado

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Ahijado?

Ahijado

Definición Básica de Ahijado

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Ahijado proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Aquel a quien el padrino o madrina sacan de pila en el sacramento del bautismo. Entre el ahijado y sus padrinos existe un impedimento, originado por el bautismo, para contraer matrimonio canónico. | Adoptado.

Ahijado en el Derecho argentino

Para la toma de contacto de la voz sobre Ahijado de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Ahijado en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Ahijado, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.

Definición Breve de Ahijado

Este término hace refencia a cualquier persona, respecto de sus padrinos.

Ahijado en la Enciclopedia Jurídica

Ahijado en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Ahijado

Más sobre Derecho Canónico en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Ahijado pertenecientes al Derecho Canónico se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Affectus maritalis
  • Absolución canónica
  • Abadengo
  • Vicario rural
  • Vicario coadjutor

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Ahijado en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia

A continuación se ofrece un abstracto de la voz Ahijado en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) Aquel a quien el padrino o madrina sacan de pila en el sacramento del bautismo: el que es apadrinado de otro cuando recibe el sacramento de la confirmación o del matrimonio; o en alguna otra ceremonia religiosa o profana; y últimamente, el prohijado o adoptado. Llámase ahijado con respecto al padrino o madrina o padre adoptivo. El ahijado por el apadrinamiento en el bautismo o confirmación tiene contraído parentesco espiritual con el padrino o madrina; y el ahijado por adopción lo tiene contraído legal o civil con el padre adoptivo en todo tiempo, y con su familia mientras – subsiste la adopción, no pudiendo por consiguiente celebrarse matrimonio entre las indicadas personas.

Recursos

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Véase También

Adopción, Bautisino y Parentesco espiritual.

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