Concepto de Alarma
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Alarma?
Alarma
Definición Básica de Alarma
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Alarma proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Inquietud, desasosiego, sobresalto.
Alarma
Conceptos jurídicos relacionados con Alarma en este Diccionario legal
Alarma en la Enciclopedia Jurídica
Alarma en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Alarma)
Véase también
Alarma
Más sobre Derecho Político en el Diccionario Legal Internacional
Otras voces afines a Alarma pertenecientes al Derecho Político se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:
- Agente
- Administrado
- Actos de gobierno
- Acefalía
- Yanaconazgo
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Concepto de Alarma en línea en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Traducción al inglés de Alarma en el Diccionario Jurídico Inglés-Español de Cabanellas
- Significado sobre Alarma en la Enciclopedia Jurídica Omeba (internacional)
- Definición de Alarma en el Diccionario Jurídico Mexicano