Concepto de Antedata
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Antedata?
Antedata
Definición Básica de Antedata
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Antedata proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Fecha anticipada de algún escrito; el acto y el hecho de suponerlo realizado en día anterior al realmente redactado y, sobre lodo, firmado.
Antedata en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre Antedata
Significado de Antedata en Derecho Español
Fecha anticipada de algún documento, o la fecha falsa de algún escrito anterior a la verdadera.
Definición Breve de Antedata
Fecha (término temporal) falsa anterior a la verdadera que se coloca en un documento.
Antedata en la Enciclopedia Jurídica
Antedata en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Antedata)
Véase también
Otras búsquedas sobre los Delitos en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Antedata en la sección sobre los Delitos pueden ser las siguientes:
- Anónimo
- Alteración de combustibles
- Agravio moral
- Acceso carnal
- Alteración de combustibles
Antedata en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Antedata publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Fecha anticipada de algún documento, o la fecha falsa de algún escrito anterior a la verdadera.
Significado Alternativo
Fecha falsa de un documento, anterior a la verdadera. Verdadera.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Antedata en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Antedata en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Antedata en el Diccionario Jurídico Mexicano
Antedata en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
A continuación se ofrece un abstracto de la voz Antedata en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) La fecha anticipada de alguna escritura o carta, o la fecha falsa de algún instrumento anterior a la verdadera. La antedata puede ser un delito de falsedad que se castiga según las circunstancias, pero con mas rigor en los instrumentos públicos y que producen hipoteca, que en los privados o quirografarios. Una de las razones que se tendrían presentes para establecer la necesidad del registro de las escrituras en el oficio de hipotecas, fue sin duda el precaver el delito de las antedatas.
Recursos
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Falsario. Según el Código de comercio, son cómplices de las quiebras fraudulentas, los que de acuerdo con el mismo quebrado alterasen la naturaleza o fecha del crédito para anteponerse en la graduación, con perjuicio de otros acreedores, aun cuando esto se verificase antes de hacerse la declaración de quiebra; y además de las penas en que incurran con arreglo a las leyes criminales, son condenados civilmente, como se halla establecido en general contra los cómplices de los quebrados fraudulentos: 1.», a perder cualquiera derecho que tengan en la masa de la quiebra en que sean declarados cómplices; ?.°, a reintegrar a la misma masa los bienes, derechos y acciones sobre cuya sustracción hubiese recaído su complicidad; 3.°, ít la pena del doble tanto de la sustracción, aun cuando no se llegara a verificar, aplicada por mitad al fisco y a la masa de la quiebra: arts. 1010 y 1011. Véase Quiebra.
Antedata
Antedata: Fecha anticipada de algún documento, o la fecha falsa de algún escrito anterior a la verdadera.