Concepto de Bienes Comunes
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Bienes Comunes?
Bienes Comunes en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre Bienes Comunes
Significado de Bienes Comunes en Derecho Español
Aquellos cuyo uso y disfrute pertenece a todos los hombres, sin que pueda atribuirse particularmente a ninguna persona. V. g., el mar, playas, etc. En Derecho Civil, son también los que integran una comunidad de bienes, atribuidos proindiviso a varias personas.
Definición Breve de Bienes Comunes
Este término (jurídico) hace referencia a aquellos (Bienes Comunes) que pueden ser utilizados por cualquier persona y que no son propiedad exclusiva de un individuo determinado.
Bienes comunes en la Enciclopedia Jurídica
Bienes comunes en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Bienes comunes)
Véase también
Otras búsquedas sobre Derechos Reales en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Bienes comunes en la sección sobre los Derechos Reales pueden ser las siguientes:
- Bienes propios
- Bienes
- Árbol
- Alveus derelictus
- Bienes
Otras búsquedas sobre Familia y Tutela en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Bienes comunes en la sección sobre la Familia y la Tutela pueden ser las siguientes:
- Bienes castrenses
- Asistencia familiar
- Afinidad
- Abandono moral
- Asistencia familiar
Bienes Comunes en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Bienes Comunes publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Los que pertenecen en común a ambos esposos.
Significado Alternativo
Aquellos cuyo uso y disfrute pertenece a todos los hombres, sin que pueda atribuirse particularmente a ninguna persona. V. g., el mar, playas, etc. En Derecho Civil, son también los que integran una comunidad de bienes, atribuidos pro indiviso a varias personas.