Comité de las Regiones

Concepto de Comité de las Regiones

[aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto . Creado por el tratado internacional de Maastricht en 1992, el Comité de las Regiones (CDR) es un órgano consultivo que permite a los entes regionales y locales expresar su opinión durante el proceso de toma de decisiones de la Unión Europea. [rtbs name=»tratados-internacionales»] Está formado por 317 representantes de los entes locales y regionales nombrados por el Consejo por un periodo de cuatro años. [rtbs name=»tratados-internacionales»] Es consultado por el Consejo, el Parlamento y la Comisión Europea en ámbitos que afectan a los intereses locales y regionales, como la educación, la juventud, la cultura, la salud y la cohesión social y económica. También puede emitir dictámenes por iniciativa propia. Tras la entrada en vigor del tratado internacional de Ámsterdam (mayo de 1999), el Comité debe ser consultado en un abanico aún más amplio de ámbitos: el medio ambiente, el Fondo Social, la formación profesional, la cooperación transfronteriza y los transportes. [rtbs name=»tratados-internacionales»] El tratado internacional de Niza (adoptado en diciembre de 2000) no modificó ni el número ni el reparto de puestos por Estado miembro en el CDR. Con vistas a la ampliación, el tratado internacional estipula que, en el futuro, el número de sus miembros no podrá superar los 350. [rtbs name=»tratados-internacionales»] En cuanto a la elegibilidad para ser miembro, el tratado internacional establece explícitamente que los miembros deben ser titulares de un mandato electoral de un ente regional o local o ser políticamente responsables ante una asamblea elegida. La Constitución Europea (cuyo tratado no fue ratificado) que está en proceso de ratificación prevé aumentar el mandato de los miembros del CDR de cuatro a cinco años.

Deja un comentario