Convenio Europeo de Derechos Humanos

Concepto de Convenio Europeo de Derechos Humanos

[aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto . El Convenio Europeo de Derechos Humanos, firmado en Roma bajo los auspicios del Consejo de Europa el 4 de noviembre de 1950, estableció un sistema de protección internacional de los derechos humanos sin precedentes, ofreciendo a los individuos la posibilidad de recurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos. [rtbs name=»tratados-internacionales»] El Convenio, ratificado por todos los Estados miembros de la Unión, estableció una serie de órganos de control con sede en Estrasburgo. [rtbs name=»tratados-internacionales»] Estos son
– una Comisión Europea encargada de examinar previamente las solicitudes de los Estados o de los particulares;
– un Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que se remitían los casos por parte de la Comisión Europea o de un Estado miembro tras un informe de la Comisión Europea (en el caso de un acuerdo judicial)
– un Comité de Ministros del Consejo de Europa, que actuaba como guardián del CEDH y al que se recurría para conseguir una solución política de un litigio cuando no se presentaba un caso ante el Tribunal.
El creciente número de casos hizo necesario reformar los mecanismos de supervisión establecidos por el Convenio. Así, el 1 de noviembre de 1998 se sustituyeron los órganos de supervisión por un único Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La estructura simplificada acortó la duración de los procedimientos y reforzó el carácter judicial del sistema. A menudo se ha planteado la idea de que la Unión Europea se adhiera al CEDH. Sin embargo, en un dictamen emitido el 28 de marzo de 1996, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que las Comunidades Europeas no podían adherirse al Convenio porque el tratado internacional de la CE no preveía ninguna competencia para establecer normas o celebrar acuerdos internacionales en materia de derechos humanos. No obstante, el tratado internacional de Ámsterdam exige el respeto de los derechos fundamentales garantizados por el Convenio, al tiempo que formaliza las sentencias del Tribunal de Justicia en la materia. [rtbs name=»tratados-internacionales»] En cuanto a las relaciones entre ambos tribunales, la práctica desarrollada por el Tribunal de Justicia de incorporar los principios del Convenio al Derecho de la Unión ha permitido mantener su independencia y coherencia en sus trabajos. No obstante, la Constitución, que está en proceso de ratificación, prevé que la Unión Europea tenga personalidad jurídica, lo que le permite adherirse al CEDH. También prevé la incorporación de la Carta de los Derechos Fundamentales, anunciada en el Consejo Europeo de Niza el 7 de diciembre de 2000, lo que le dará fuerza jurídica vinculante.

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