Cuasidelito

Concepto de Cuasidelito

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Cuasidelito?

Cuasidelito

Definición Básica de Cuasidelito

De con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Cuasidelito proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

con que se causa mal a otro por descuido imprudencia o impericia, sin intención de dañar. También de uno por ciertos actos ajenos.

Cuasidelito en el Derecho argentino

Para la toma de contacto de la voz sobre Cuasidelito de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Cuasidelito en esta , puede acudir el lector a la explicación que, sobre Cuasidelito, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la , y/o doctrina .

Cuasidelito en la Enciclopedia Jurídica

Cuasidelito en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Obligaciones en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Cuasidelito en la sección sobre las Civiles pueden ser las siguientes:

  • Cuasicontrato
  • comercial
  • Condición suspensiva
  • Condición contraria a las buenas
  • Contrato comercial

Cuasidelito en Derecho Romano

Explicación de cuasidelito en romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa quasi ex delictu, que significó para los romanos que una obligación había nacido de actos análogos a los de un delito; en realidad, entre delito y cuasidelito no existía ninguna diferencia esencial. Entre los cuasidelitos se pueden niencionar: el que podía cometer e1 habitante de una casa que 36 arrojara (effusum el deictum) algo a la vía pública ocasionando un daño, o el que colgara o suspendiera (positutn er suspensum) algún objeto cuya caída pudiera causarlo. Asimismo, se consideró que configuraban un cuasidelito los robos o daños de los dependientes de navieros, posaderos o dueños de establos. Finalniente, también se considí: ró cuasidelito la torpeza o deshonestidad judicial, de tal forma que «el juez que hiciera suyo el proceso». o sea que dolosa o negligentemente dictara una injusta, quedaba obligado a pagar a la parte perjudicada una (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). (IJlpiano, D. 5, 1, 15; D. 9, 3; Gayo, D. 50, 13, 6; Inst. 4, 5.) Véase: dt: lito; dolo; negligencia.

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

También puede interesar:

Los de arriba son las definiciones seleccionados. para este diccionario digital de derecho y ciencias sociales.