Doctrina Drago

Concepto de Doctrina Drago

Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Doctrina Drago?

Doctrina Drago

Para más información sobre Doctrina Drago, véase el contenido de Doctrina Drago en la Enciclopedia Jurídica española y, en el mismo sentido, el tratamiento que hace sobre Doctrina Drago la Enciclopedia del Derecho general.

Doctrina Drago en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Doctrina Drago publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Está contenida en una nota dirigida por Luis María Drago, Ministro de Relaciones Exteriores de Argentina al Secretario de Estado de los Estados Unidos. Sostiene que la deuda pública de un Estado no puede dar lugar a una intervención armada. La Conferencia de la Haya de 1907 añadió que la intervención seria lícita cuando el Estado deudor hubiese rehusado una oferta de arbitraje o no hubiese cumplido el laudo arbitral. A pocos meses de terminada la Segunda Conferencia Panamericana en México, hacia fines de 1902, las costas de Venezuela fueron bombardeadas por unidades navales de Gran Bretaña y Alemania, a las que se agregaron las de Italia. El objetivo de esta intervención conjunta fue exigir el cobro de las deudas del gobierno venezolano pendientes con particulares europeos. Aunque dicha intervención supuso de hecho un desafío a los contenidos de la Doctrina Monroe («América para los americanos»), el gobierno norteamericano la justificó con el llamado «primer Corolario Roosevelt», que limitaba la aplicación de la doctrina a los casos de adquisición de territorio en América por parte de una potencia no americana, y respaldaba la intervención de potencias extrarregionales originada por el cobro de deudas como la efectuada por las potencias europeas en Venezuela. Debido al apoyo norteamericano hacia los agresores europeos, el dictador venezolano Cipriano Castro (1899-1908) optó por aceptar las condiciones de los últimos el 1º de enero de 1903. El 13 de febrero, Castro reconoció a través del protocolo de Washington la justicia de los reclamos europeos, pagando algunas deudas de inmediato y otras a través de comisiones, estableciéndose en garantía hasta el 30 % del ingreso de las aduanas de La Guayra y Puerto Cabello, lo que fue percibido por agentes belgas. Mientras tanto, la llegada a Buenos Aires de la noticia de la intervención europea en Venezuela generó un «clima de histerismo», según las palabras del propio canciller argentino Luis María Drago. A los ojos de por lo menos algunos sectores de la europeizada élite argentina, la injerencia de las potencias europeas fue percibida como una amenaza a la región (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). En el Congreso, la intervención de Gran Bretaña, Alemania e Italia en Venezuela generó la división en dos grupos: el de aquellos sectores partidarios de efectuar una declaración de solidaridad sudamericana y el de los proclives a no adoptar ninguna medida que pudiera generar tensiones en los lucrativos vínculos argentinos con Europa. Por el lado de los medios de prensa, los primeros días de la intervención europea en Venezuela reflejaron preocupación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). La Prensa, periódico cuyos editoriales evidenciaron un punto de vista generalmente hostil al gobierno norteamericano, apeló con reservas a la Doctrina Monroe, explicitando que los estados latinoamericanos habían ganado su independencia sin Estados Unidos, y que debían retenerla sin la ayuda de la gran potencia americana. Tampoco el matutino ahorró críticas a la intervención europea, señalando que las naciones latinoamericanas debían denunciarla. Incluso dicho diario llegó a acusar al gobierno de Roca de aislacionismo, clamando por la formación de un bloque americano, sugiriendo en el editorial del 21 de diciembre de 1902 una «Sudamérica para los sudamericanos». Por su parte, La Nación de Bartolomé Mitre, aunque generalmente menos hostil hacia Estados Unidos que La Prensa, adoptó con relación a la intervención europea en Venezuela un punto de vista similar. El 13 de diciembre de 1902, rechazó tanto la actitud europea como la interpretación de la Doctrina Monroe como instrumento legal que confería a Estados Unidos el derecho de intervenir en una nación con serios problemas financieros como el caso de Venezuela. Mientras tanto, el diario de Carlos Pellegrini, El País, calificó a la Doctrina Monroe como una «ficción», y llamó a una acción conjunta de la Argentina, Brasil y Chile. Hacia fines de diciembre de 1902, El País acusó al gobierno de Estados Unidos de tener «la intención de crear un protectorado en América Latina». En cambio El Economista llamó al gobierno argentino a no intervenir en la cuestión venezolana ni en ninguno de aquellos temas de agenda en donde no estuvieran en juego intereses económicos argentinos. En esas circunstancias, Luis María Drago, ministro de relaciones exteriores argentino entre agosto de 1902 y julio de 1903, preparó una nota, protestando por los sucesos de Venezuela, con fecha 29 de diciembre de 1902 y dirigida al ministro argentino en Washington, Martín García Merou, para que éste la presentara al gobierno norteamericano. La nota incluyó lo que más tarde se dio en llamar la Doctrina Drago. El argumento central de esta doctrina sostiene que «la deuda pública no puede dar lugar a la intervención armada, ni menos a la ocupación material del suelo de las naciones americanas por una potencia europea

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

FABELA, Isidro. La Doctrina Monroe y Drago. México: 1957.

Historia de la Argentina (2 Tomos). Buenos Aires 1999.

JIMÉNEZ NÚÑEZ,Victorino. La doctrina Drago y la política internacional. Madrid: 1927.

PÉREZ TRIANA, Santiago. La doctrina Drago. Colección de Documentos. Londres: 1908.

Doctrina drago de las bahías históricas

Doctrina drago de las bahías históricas en la Enciclopedia del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

Doctrina drago sobre el cobro compulsivo de deudas

Doctrina drago sobre el cobro compulsivo de deudas en la Enciclopedia del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

Doctrina Drago de las bahías históricas

Más sobre Derecho Internacional Público en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Doctrina Drago de las bahías históricas pertenecientes al Derecho Internacional Público se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Doctrina del mar territorial
  • Doble nacionalidad
  • Diplomacia pública
  • Despachos
  • Desbloqueo

Doctrina Dr
ago sobre el cobro compulsivo de deudas públicas

Más sobre Derecho Internacional Público en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Doctrina Drago sobre el cobro compulsivo de deudas públicas pertenecientes al Derecho Internacional Público se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Doctrina Drago
  • Doctrina Calvo
  • Diplomacia secreta
  • Destrucción de cables submarinos
  • Descubrimientos

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

Deja un comentario