Domicilio

Concepto de Domicilio

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Domicilio?

De acuerdo con el Diccionario María Moliner de uso del español, del siguiente modo:

domicilio (del lat. domicilĭum, de domus, casa, morada):
1 m. Edificio o local donde alguien vive. 1 Casa, residencia, *vivienda. 5 Local donde tiene oficialmente su residencia una entidad. 2 Asiento, casa, casa abierta, dirección, habitación, hogar, morada, nido, paradero, residencia, sede, señas, vecindad, *vivienda. 4 *Vecino. 4 Alquilar, arrendar, poner [o tomar] casa, mudarse, echar raíces, *residir, trastear[se]. 4 Albarrán.
2 Con respecto a una persona o una entidad, población donde se la considera establecida legalmente. 2 *Vecino.
domicilio social El de una empresa.
a domicilio 1 Aplicado a la *entrega de mercancías o realización de *servicios, en la casa de la persona que recibe la mercancía o el servicio: ‘La correspondencia se reparte a domicilio. Es peluquera a domicilio’. 2 Dep. En el campo contrario: ‘Victoria a domicilio’.

domiciliación

f. Acción y efecto de domiciliar los pagos o cobros en una entidad bancaria.

domiciliar

1 tr. Asignar un domicilio a 3alguien. 5 prnl. (en) Establecer alguien su domicilio en cierto sitio.
2 tr. Efectuar alguien el trámite necesario para que cierto 3gasto o cobro se realice con cargo o abono a una cuenta existente en una entidad bancaria: ‘Domicilió los recibos de la luz y del teléfono. Domicilió su nómina’.
■ Conjug. como cambiar.

domiciliario, -a

1 adj. En el domicilio: ‘Asistencia domiciliaria. Arresto domiciliario’.
2 De [o del] domicilio: ‘Residuos domiciliarios’.
3 n. *Vecino.
V. visita domiciliaria.

Definición Jurídica de Domicilio

Asiento jurídico de una persona. Determina la ley aplicable a la competencia judicial.

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Domicilio proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Del latín domus y colo, de domun colere, habitar una casa. | AD LITEM. El constituido especialmente para un litigio, que a veces no coincide con el real por razones de conveniencia profesional. (V. DOMICILIO LEGAL) | ACCIDENTAL. Residencia pasajera o morada eventual. | COMERCIAL. Se entiende por éste el lugar del establecimiento mercantil o la sede principal de una sociedad o de un hombre de negocios, ya coincida o no con su domicilio o vivienda particular. | CONYUGAL. El que corresponde al matrimonio; y, de vivir separados más o menos temporalmente, el del marido, como cabeza o jefe de familia. | ESPECIAL. El que las partes convienen para el cumplimiento de las obligaciones.| LEGAL. Es el lugar «donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de una manera permanente para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente». | REAL. Para las personas individuales en el lugar donde tienen establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios.

Domicilio en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Domicilio

Significado de Domicilio en Derecho Español

Lugar de residencia y permanencia habitual de una persona, siendo dato determinante del ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones.

Domicilio de las Personas Jurídicas y Demás Entes en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Domicilio de las Personas Jurídicas y Demás Entes publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): A los efectos tributarios y de la práctica de las actuaciones de la Administración Tributaria, se tendrá como su domicilio: a) El lugar donde esté situada su dirección o administración efectiva; b) El lugar donde se halle el centro principal de su actividad, en caso de que no se conozca el de su dirección o administración; c) El lugar donde ocurra el hecho imponible, en caso de no poder aplicarse las reglas precedentes; o, d) El que elija la Administración Tributaria, en caso de existir más de un domicilio según lo dispuesto en los puntos anteriores, o sea imposible determinar conforme a los mismos.

Domicilio en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Domicilio publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Del latín domus y colo, de domun colere, habitar una casa.

Abandono de Domicilio u Hogar en el Diccionario

Sobre abandono de hogar o domicilio véase el apartado de referencias cruzadas de este recurso legal.

Domicilio en el derecho internacional privado

Noción de Domicilio (Migración)

Domicilio se define como: Lugar donde una persona está físicamente presente y que esa persona considera su hogar; el hogar verdadero, fijo, principal y permanente de la persona al cual esa persona tiene la intención de regresar y en el cual ha de permanecer, aunque en un momento determinado viva en otro sitio (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario). Lugar en el que se considera legalmente establecida a una persona para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos.

Recursos

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Ver También

residencia

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Recursos

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Véase También

  • Parientes
  • Minusvàlidos
  • Imposibilidad de la prestación
  • Navidad
  • Domingos
  • Permisos
  • Remuneración
  • Preaviso
  • Padres
  • Reducción de jornada
  • Interrupciones del trabajo
  • Días festivos
  • Nacimiento de hijo

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Véase También

  • Trabajo
  • Salario
  • Responsabilidad
  • Derecho del Trabajo
  • Centro de trabajo
  • Seguridad Social
  • Infracciones del empresario
  • Trabajadores
  • Inspección de trabajo
  • Examen de libros contables
  • Recibos
  • Calendario
  • Infracciones del trabajador

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Véase También

  • Representación legal
  • Presunciones
  • Relación Laboral
  • Asociaciones sindicales
  • Contratos de trabajo temporales
  • Extranjero
  • Forma
  • Relaciones laborales especiales
  • Deberes del empresario
  • Estado civil
  • Intimidad

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Véase También

  • Retribución
  • Relación Laboral
  • Aprendizaje
  • Notificación
  • Registro
  • Relación Laboral
  • Asociaciones empresariales
  • Plazos
  • Contrato de aprendizaje
  • Derecho del Trabajo
  • Contrato de trabajo a domicilio
  • Contrato de trabajo a tiempo parcial
  • Contrato de trabajo en pràcticas
  • Contrato de trabajo para obra o servicio determinado
  • Deber de sigilo de los representantes
  • Duración
  • Servicio determinado
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Contrato de trabajo
  • Empresa
  • Empresario
  • Empleo
  • Jornada laboral

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