Concepto de Municipio
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Municipio?
Municipio
Definición Básica de Municipio
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Municipio proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
En la época romana, la ciudad principal y libre que se regía por sus propias leyes; cuyos vecinos podían obtener y gozar de los derechos y privilegios de la misma Roma. | En la actualidad, la primera o menor de las corporaciones de Derecho Público, integrada por las autoridades (o ayuntamiento) y habitantes de un término jurisdiccional, constituida casi siempre por una población y cierto radio rural, con algunos núcleos poblados o casas dispersas. En las grandes urbes, no existe descampado; y en ciertas regiones poco hospitalarias, no hay verdadero centro edificado. | El ayuntamiento, compuesto por el alcalde y los concejales; en otros sitios o épocas llamados corregidor o intendente, y regidores o ediles. | El término jurisdiccional que comprende el municipio o que administra su ayuntamiento.
Comisionado municipal
En ocasiones, un término jurídico (como Comisionado municipal) puede tener diferentes formas de expresión escrita. En otras, una referencia a Comisionado municipal es más conveniente plantearla desde otra palabra. En este sentido, véase el significado equivalente o el sinónimo de Comisionado municipal en este Diccionario en el siguiente concepto o conceptos:
COMISIONADO.
Para más información sobre Comisionado municipal y otros términos jurídicos con su sinónimo, así como frases sobre derecho, incluyendo algunas relacionadas con Comisionado municipal véase las locuciones y los sinónimos de términos usados en Derecho de este Diccionario Jurídico.
Municipio
Conceptos jurídicos relacionados con Municipio en este Diccionario legal
Municipio en la Enciclopedia Jurídica
Municipio en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Municipio)
Véase también
Otras búsquedas sobre Derecho Municipal en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Municipio en la sección sobre el Derecho Municipal pueden ser las siguientes:
- Municipalidad
- Derecho municipal
- Servicio jurídico gratuito
- Procedimiento minero
- Derecho municipal
Municipio en Derecho Romano
Explicación de municipio en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa municipium. Cualquier ciudad en Italia, excepto Roma, que era la urbe (urbs); con el tiempo también se dio este título a las ciudades de las provincias. Tuvieron un gobierno local autónomo. (D. 50, 1.)
Visualización Jerárquica en el Diccionario de Municipio
Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Entidad territorial
Agricultura, Silvicultura y Pesca > Sistema de explotación agraria > Propiedad rústica > Régimen del suelo > Bien comunal
Significado de Municipio
Visión General y más Información sobre Municipio
Para un conocimiento más exhaustivo de Municipio, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»agricultura-silvicultura-y-pesca»]
Recursos
Traducción de Municipio
Inglés: Municipality
Francés: Commune
Alemán: Gemeinde
Italiano: Comune
Portugués: Comuna
Polaco: Gmina
Tesauro de Municipio
Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Entidad territorial > Municipio
Agricultura, Silvicultura y Pesca > Sistema de explotación agraria > Propiedad rústica > Régimen del suelo > Bien comunal > Municipio
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]
Véase también
Bibliografía
- Definición de Municipio en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Municipio en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Municipio en el Diccionario Jurídico Mexicano
Significado de Municipio
En la orden administrativo, un breve concepto de municipio podría ser el siguiente: Una de las Entidades en que se organiza territorialmente es el Estado.
La Ley de Bases del Régimen Local de 1985 la que define los Municipios como ?Entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades (art. 1.1).Para mayor información, véase el contenido de las voces sobre derecho administrativo, que incluyen municipio y otros temas afines, de la enciclopedia jurídica.