Represalia

Concepto de Represalia

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Represalia?

Represalia

Definición Básica de Represalia

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Represalia proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Esta voz, aplicada casi siempre en plural (represalias), posee una gradación descendente en importancia o rigor: a) derecho o potestad que se arrogan los beligerantes para causarse recíprocamente igualo mayor daño que el recibido, en especial por violación de las leyes de la guerra, de alguna convención o de una severa advertencia hecha para abstenerse de determinados métodos o acciones; b) retención de los bienes de los súbditos de la nación con la cual se está en guerra; e) adopción de las mismas medidas que el enemigo contra tas personas y cosas de los nacionales; el) medidas o trato de rigor, sin estar en guerra, por actos perjudiciales o agraviadores para el otro; e) entre particulares, venganza o individual reparación del agravio por la víctima de la ofensa, ataque o perjuicio.

Carta de represalia

En ocasiones, un término jurídico (como Carta de represalia) puede tener diferentes formas de expresión escrita. En otras, una referencia a Carta de represalia es más conveniente plantearla desde otra palabra. En este sentido, véase el significado equivalente o el sinónimo de Carta de represalia en este Diccionario en el siguiente concepto o conceptos:

PATENTE DE CORSO.

Para más información sobre Carta de represalia y otros términos jurídicos con su sinónimo, así como frases sobre derecho, incluyendo algunas relacionadas con Carta de represalia véase las locuciones y los sinónimos de términos usados en Derecho de este Diccionario Jurídico.

Represalia en la Enciclopedia Jurídica

Represalia en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Acciones que buscan intimidar, coactar o causar temor, ante una actitud o comportamiento individual o grupal (en el derecho peruano).

Un acto de venganza contra un enemigo en tiempo de guerra. Revisor de hechos: Robert [rtbs name=»piratas»]

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