Tribunal de Cuentas

Concepto de Tribunal de Cuentas

Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Tribunal de Cuentas?

Tribunal de cuentas en la Enciclopedia Jurídica

Tribunal de cuentas en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

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Véase también

Otras búsquedas sobre Derecho Fiscal y Financiero en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Tribunal de cuentas en la sección sobre el Derecho Financiero y Fiscal pueden ser las siguientes:

  • Impuesto sobre Donaciones
  • Tasa de justicia
  • Sumarios impositivos
  • Impuestos de Sellos
  • Tasa de justicia

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  • Traslado forzoso
  • Televisión y radio-difusión
  • Sepulturas
  • Secretaría de marina
  • Televisión y radio-difusión

Tribunal de Cuentas en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido tribunal de cuentas de la siguiente forma: Supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público (Constitución española, artículo 136). Según el artículo segundo de su Ley Orgánica 2/1982, son funciones del Tribunal de Cuentas: a) la fiscalización externa, permanente y consuntiva de la actividad económico-financiera del sector público; b) el enjuiciamiento de la responsabilidad (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudal es o efectos públicos. El Tribunal de Cuentas de España es una institución muy antigua. Sus orígenes se remontan a la Baja Edad Media, cuando a finales del siglo xni el rey Sancho IV de Castilla creó una Magistratura Colegiada a la que se le configura como órgano de fiscalización superior de la Hacienda. Fue, sin embargo, en las Ordenanzas de Juan II de Castilla, dadas en Valladolid las de 1437 y en Madrigal las de 1442, cuando el Tribunal de la Contaduría Mayor, del cual es heredero directo el actual Tribunal de Cuentas, se consolida como institución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Las Ordenanzas dictadas por los Reyes Católicos amplían las de Juan II y ponen bajo. Órgano encargado de la fiscalización de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público, así como del enjuiciamiento de la responsabilidad (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o de efectos públicos. Las cuentas del Estado y del sector público son revisadas por el Tribunal de Cuentas, quien posteriormente remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que comunicará, cuando proceda, las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiera incurrido. [1]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Tribunal de Cuentas basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Significado de Tribunal de Cuentas del Estado

En la orden administrativo, un breve concepto de tribunal de cuentas del estado podría ser el siguiente: Es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público.

Depende directamente de las Cortes Generales y ejerce sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la cuenta general del Estado.Para mayor información, véase el contenido de las voces sobre derecho administrativo, que incluyen tribunal de cuentas del estado y otros temas afines, de la enciclopedia jurídica.

Legislación Histórica

Nota: Véase un desarrollo de este término y otros pertenecientes a la legislación histórica española, aquí.

Recursos

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Véase También

  • Hacienda
  • Oficinas Fiscales
  • Recaudación Fiscal
  • Contaduría Nacional
  • Tesorería Nacional

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