Concepto de Turba
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Turba?
Turba
Definición Básica de Turba
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Turba proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Desordenada muchedumbre.
Turba en la Enciclopedia Jurídica
Turba en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Turba)
Véase también
Noción de Turba en Derecho Minero
Roca sedimentaria orgánica de formación reciente, formada por la acumulación de restos vegetales con posterior concentración de carbono, debido a la putrefacción de los organismos vegetales muertos sin la presencia de oxígeno. de color pardo amarillento a negro pardusco, consistencia fibrosa (generalmente) y puede ser plástico o friable. Posee un alto contenido de volátiles, baja reflectancia (alrededor de 0,3%) y alta humedad (generalmente entre 75 y 90% de agua). Es deleznable (se rompe fácilmente con la mano) y presenta un aspecto fibroso debido a los fragmentos parcialmente putrefactos de las plantas vasculares que, a veces, pueden ser identificados a la familia a la que pertenecen.
[1]
Visualización Jerárquica en el Diccionario de Turba
Energía > Política energética > Industria energética > Combustible > Combustible fósil
Significado de Turba
Visión General y más Información sobre Turba
Para un conocimiento más exhaustivo de Turba, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»energia»]
Recursos
Traducción de Turba
Inglés: Peat
Francés: Tourbe
Alemán: Torf
Italiano: Torba
Portugués: Turfa
Polaco: Torf
Tesauro de Turba
Energía > Política energética > Industria energética > Combustible > Combustible fósil > Turba
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]
Notas y Referencias
- Definición de turba proporcionado por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia. Este término técnico (turba) en materia minera es de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios colombianos en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por el Código de Minas de Colombia.