Uso

Concepto de USO

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Uso?

USO

Definición Básica de USO

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de USO proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Acción O efecto de servirse de una cosa; de emplearla o utilizarla. | Práctica general o extendida. | Moda. | Modo peculiar de obra o proceder. | Empleo continuado de algo o de alguien. | Derecho a percibir gratuitamente, aunque en contribución en algunos casos a los gastos, los frutos de una cosa ajena, en la medida de las necesidades del usuario y de su familia. (V. USUFRUCTO). | Forma rudimentaria o inicial del Derecho consuetudinario, que coexiste con la ley escrita. Las principales acepciones del uso en lo jurídico se consideran con separación, ciada la diversidad de los conceptos. A. Como fuente del Derecho. Constituye la práctica, estilo o modo de obrar colectivo o generalizado que se ha introducido imperceptiblemente y ha adquirido fuerza de ley. Aquí el uso es sinónimo de modo de proceder, y constituye un elemento de la costumbre (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital), o esta misma en su fase embrionaria. El uso, para ser admitido, además de la fundamental acogida por la ley. o no estar en ella excluido, debe ser múltiple, no contrario a la moral ni a las buenas costumbres y tácitamente aceptado por el consenso público: y al cual se conformen por último los tribunales en sus fallos, como norma supletoria de la ley. B. Como vigor de la norma jurídica, El uso califica que una disposición escrita o consuetudinaria, está en vigor. que la realidad jurídica se rige por ella, que se cumple u observa. Las leyes pueden estar’ en uso o haber’ caído en desuso, que se estima caduca tras dos siglos de no ejercitarla. y que el Parlamento estimaría sin duda en la actualidad acto inaceptable. C. Como derecho real. Es la facultad, jurídicamente protegida, de servirse de la cosa ajena conforme a las propias necesidades, con independencia de la posesión de heredad alguna, pero con el cargo de conservar la substancia de la misma; o de tomar sobre los frutos de un fundos ajeno. 1o preciso para las necesidades del usuario y de su familia (art

Uso en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Uso

Significado de Uso en Derecho Español

Derecho de usar de la cosa ajena con cierta limitación (Art. 523 del CC). Práctica repetida y constante de un hecho que con el tiempo engendra la costumbre.

Uso; Costumbre

Conceptos jurídicos relacionados con Uso; Costumbre en este Diccionario legal

  • Ley No Escrita
  • Uso en la Enciclopedia Jurídica

    Uso en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

    Puede encontrar información útil en:

    Véase también

    Uso (derecho de) en la Enciclopedia Jurídica

    Uso (derecho de) en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

    Puede encontrar información útil en:

    Véase también

    Uso

    Uso: Derecho a percibir de los frutos de la cosa ajena los que basten a las necesidades del usuario y de su familia.

    Significado Alternativo

    Derecho de usar de la cosa ajena con cierta limitación. Práctica repetida y constante de un hecho que con el tiempo engendra la costumbre.

    Definición de Uso

    Significado de Uso en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: Derecho real que otorga al usuario la facultad de percibir de los frutos de una cosa ajena, los que basten a cubrir sus necesidades y las de su familia.

    Uyd

    Derecho real por el cual el poseedor de un bien, puede servirse de él conforme a su naturaleza (en el derecho peruano).

    Uso en Derecho Romano

    Explicación de uso en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa irsus. Derecho real que facultaba a disfrutar una cosa perteneciente a otra persona, en la medida necesaria para satisfacer los requerimientos propios del usuario. Fue uno de los derechos reales sobre una cosa ajeua (iura in re alietta), incluido en la categoría de las servidumbres personales. (D. 7, 8; Inst. 2, 5.) Véase: acciones reales y acciones personales; cosa; servidumbres.

    Uso

    Recursos

    [rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

    Véase También

    • Comercio Exterior
    • Resolución de Uso y Disposición

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