Concepto de Fondos
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Fondos?
Fondos
Definición Básica de Fondos
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Fondos proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Dinero en metálico o en billetes, título de crédito o valores fácilmente realizables del haber de un comerciante o del Erario público, y también de los particulares. | Recursos y cuentas o partidas especiales de los balances de empresas o de los presupuestos del Estado como también de otras corporaciones públicas
Fondos en el Derecho argentino
Para la toma de contacto de la voz sobre Fondos de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Fondos en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Fondos, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.
«Federal Funds»
Conceptos jurídicos relacionados con «Federal Funds» en este Diccionario legal
Definición Breve de Fondos
Caudal o conjunto de bienes que posee una persona o comunidad.
Definición de Fondo de Reposición
Significado de Fondo de Reposición en la esfera del derecho financiero, la economía, la contabilidad y otros similares: El creado con objeto de contar con medios adecuados para la compra o reemplazo de algunas unidades del activo fijo.
Fondos en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Fondos publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Crédito anotado en una cuenta llevada por un banco; unidad monetaria de cuenta establecida por una institución intergubenamental
Significado Alternativo
Derecho Mercantil Patrimonio perteneciente a una pluralidad de inversores, cuyo derecho de propiedad se representa mediante un certificado de participación, administrado por una sociedad gestora a quien se atribuyen las facultades del dominio sin ser propietario del Fondo; con el concurso de un depositario, y constituidos con el exclusivo objeto de la adquisición, tenencia, disfrute, administración en general y enajenación de valores mobiliarios y otros activos financieros para compensar, con una adecuada composición de sus activos, los riesgos y los tipos de rendimiento, sin participación mayoritaria económica o política en ninguna sociedad (art. 2, Ley de 26 de diciembre de 1984).
Fondos en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido fondos de la siguiente forma: Partidas contables que poseen las empresas (véase más en la plataforma general) o entidades públicas para hacer frente a gastos de carácter especial. [1] [rtbs name=»fondos»]
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de fondos basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).