Abolicion

Concepto de Abolición

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Abolicion?

Abolición

Definición Básica de Abolición

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Abolición proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre. Se dice, por ejemplo, que tal ley queda abolida cuando se promulga otra que la destruye o revoca expresa o tácitamente, y cuando existe una costumbre legítima que le es contraria. Cuando se trata de derogar leyes y disposiciones emanadas de los públicos, se utiliza más comúnmente abrogar. Abolición se acostumbra a emplear para la derogación de ciertas o medidas de carácter general, como la esclavitud y la pena de muerte. (V. ABROGACIÓN, COSTUMBRE, DEROGACIÓN, EXTINCIÓN.).

Abolición en el Derecho argentino

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Definición Breve de Abolición

Actuación llevada a cabo por una que produce el efecto de abolir.

Véase también

Abolicionismo; Abolir.

Abolición en la Enciclopedia Jurídica

Abolición en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Introducción al Derecho Civil en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Abolición en la sección sobre el Título Preliminar del pueden ser las siguientes:

La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre (en el derecho peruano).

Abolición en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Abolición publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Nacional Autónoma de (UNAM): Del latín abolitio onis y este de abolere, abolir de ab privativo y oloeo: es la y efecto de abolir.

Significado Alternativo

Significa la supresión de una cosa cualquiera, acabar con determinadas prácticas o modos de vida en la o en los países.

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Abolición

Más sobre Derecho Privado Romano en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Abolición pertenecientes al Romano se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Ablegador
  • Abalienación
  • Traditio
  • Stipulatio
  • Res perit domino

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Abolicion en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia

A continuación se ofrece un abstracto de la voz Abolicion en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre. Se dice, por ejemplo, que una ley queda abolida cuando se promulga otra ley que la destruye o revoca expresa o tácitamente, y cuando existe una costumbre legítima que le es contraria; * aun cuando con mas propiedad en el lenguaje jurídico se usa del verbo abrogar aplicado a la abolición de las leyes. * V. A brogacion. Entre los Romanos era- el acto por cuyo medio se remitid la acusación y se libertaba al acusador de la obligación de continuarla, eximiendo al reo de los de la persecución judicial que se labía intentado contra él. Había tres especies: la general, que era la que concedía el Príncipe o el Senado por algún acontecimiento feliz: la legal, que era la. que estaba determinada por las leyes en algunos casos, como en el de muerte del reo y en el de prescripción del delito; y la privada o particular, que era la que a petición del acusador o de este y del reo se otorgaba por el magistrado. Entre nosotros no se usa en este sentido la palabra abolición; pero existen los mismos modos de dar fin a la acción o derecho de acusar, como puede verse en las palabras A cusacicol., Acusado y Acusador, Indulto y Prescripción de delito.