Concepto de Abolición
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Abolicion?
Abolición
Definición Básica de Abolición
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Abolición proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre. Se dice, por ejemplo, que tal ley queda abolida cuando se promulga otra que la destruye o revoca expresa o tácitamente, y cuando existe una costumbre legítima que le es contraria. Cuando se trata de derogar leyes y disposiciones emanadas de los poderes públicos, se utiliza más comúnmente abrogar. Abolición se acostumbra a emplear para la derogación de ciertas instituciones o medidas de carácter general, como la esclavitud y la pena de muerte. (V. ABROGACIÓN, COSTUMBRE, DEROGACIÓN, EXTINCIÓN.).
Abolición en el Derecho argentino
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Definición Breve de Abolición
Actuación llevada a cabo por una persona que produce el efecto de abolir.
Véase también
Abolicionismo; Abolir.
Abolición en la Enciclopedia Jurídica
Abolición en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Abolición)
Véase también
Otras búsquedas sobre Introducción al Derecho Civil en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Abolición en la sección sobre el Título Preliminar del Derecho Civil pueden ser las siguientes:
La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre (en el derecho peruano).
Abolición en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Abolición publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Del latín abolitio onis y este de abolere, abolir de ab privativo y oloeo: es la acción y efecto de abolir.
Significado Alternativo
Significa la supresión de una cosa cualquiera, acabar con determinadas prácticas o modos de vida en la sociedad o en los países.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Abolición en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Abolición en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Abolición en el Diccionario Jurídico Mexicano
Abolición
Más sobre Derecho Privado Romano en el Diccionario Legal Internacional
Otras voces afines a Abolición pertenecientes al Derecho Privado Romano se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:
- Ablegador
- Abalienación
- Traditio
- Stipulatio
- Res perit domino
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Concepto de Abolición en línea en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Traducción al inglés de Abolición en el Diccionario Jurídico Inglés-Español de Cabanellas
- Significado sobre Abolición en la Enciclopedia Jurídica Omeba (internacional)
- Definición de Abolición en el Diccionario Jurídico Mexicano
Abolicion en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
A continuación se ofrece un abstracto de la voz Abolicion en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre. Se dice, por ejemplo, que una ley queda abolida cuando se promulga otra ley que la destruye o revoca expresa o tácitamente, y cuando existe una costumbre legítima que le es contraria; * aun cuando con mas propiedad en el lenguaje jurídico se usa del verbo abrogar aplicado a la abolición de las leyes. * V. A brogacion. Entre los Romanos era- el acto por cuyo medio se remitid la acusación y se libertaba al acusador de la obligación de continuarla, eximiendo al reo de los efectos de la persecución judicial que se labía intentado contra él. Había tres especies: la general, que era la que concedía el Príncipe o el Senado por algún acontecimiento feliz: la legal, que era la. que estaba determinada por las leyes en algunos casos, como en el de muerte del reo y en el de prescripción del delito; y la privada o particular, que era la que a petición del acusador o de este y del reo se otorgaba por el magistrado. Entre nosotros no se usa en este sentido la palabra abolición; pero existen los mismos modos de dar fin a la acción o derecho de acusar, como puede verse en las palabras A cusacicol., Acusado y Acusador, Indulto y Prescripción de delito.