Pérdida de la Nacionalidad

Este texto se ocupa de la pérdida de la nacionalidad. Pérdida de nacionalidad puede resultar de un acto de la persona (expatriación, renuncia deliberada, pérdida automática por la adquisición de otra nacionalidad) o del Estado (desnaturalización) (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario). La desnaturalización es un acto administrativo unilateral del Estado por el que se priva a la persona de la nacionalidad (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario). Aunque no hay reglas uniformes en las distintas legislaciones de los Estados, algunos establecen requisitos para ello: participación en un servicio militar o civil extranjero, aceptación de condecoraciones de otros países, aceptación de distinciones de otros Gobiernos, condena por determinados crímenes.Aunque la materia relativa a la adquisición y perdida de la nacionalidad se ubica, por lo general, en el derecho interno, los Estados deben cumplir con las normas de derecho internacional relacionadas con la nacionalidad.

Servidumbre

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Servidumbre? Definición Básica de Servidumbre De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Servidumbre proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es: Condición y trabajo del siervo. | Esclavitud. | Conjunto de […]

Servicio Público

Recursos Traductor Español a Inglés: Servicio Público en Inglés Para traducir servicio público, ofrecemos el mayor traductor del mundo de términos jurídicos en línea. Traducción de servicio público (español) a inglés: Public Service (el enlace es a Public Service en la enciclopedia jurídica […]

Animus Occupandi

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Animus Occupandi? Locución latina que significa intención de ocupar. La intención por parte de un Estado de adquirir y retener la soberanía sobre un territorio; un elemento esencial de la adquisición de la titularidad de un territorio por ocupación. Véase el Caso de la Isla de Palmas (1928) 2 R.I.A.A. 829; el Caso de la Isla Clipperton (1931) 2 R.I.A.A. 1105; el Caso de Groenlandia Oriental, Situación Jurídica (1933) Corte Permanente de Justicia Internacional Ser. A/B, No. 53; el Caso de las Tierras Fronterizas 1959 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 209; el Caso Minquiers y Ecrehos 1953 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 47.

Avulsion

Avulsión ¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Avulsion? Lo que la fuerza del río arranca y arrastra de un campo. Lo que la fuerza del rio arranca de un campo en una avenida repentina y lo lleva a otro campo inferior o a la ribera opuesta, siendo de tanta consideración que pueda conocerse y distinguirse, ya consista en árboles, ya en alguna porción de terreno. En semejante caso, puede el dueño de la cosa arrebatada por el agua reclamar su propiedad, pues no es justo que por tal accidente la pierda; pero debe hacer uso de su acción antes que la tierra quede perfectamente incorporada con la heredad a que se agregó, y los árboles que consigo trajo echen raíces, porque en verificándose esta circunstancia, ya no tiene mas derecho que al importe del menoscabo que sufriere, a juicio de peritos, y el dueño de la heredad gana el dominio de la parte agregada. Mas si en lugar de agregación juxtapositio, resultase sobre posición, es decir, si la tierra arrebatada del campo superior no se juntase por algún lado al campo inferior, sino que cayese o se extendiese sobre su superficie, parece que entonces tendría lugar el derecho de aluvión, como en el caso de acrecimiento insensible y paulatino, quedando empero salva al propietario la facultad de llevarse su tierra, si lo podía ejecutar sin daño. No sería efectivamente muy justo que el dueño del campo cubierto por la parte arrancada del vecino quedase despojado de él por este acontecimiento, como sucedería realmente en el sistema contrario. Se distingue entre acreción y avulsión, siendo la primera la deposición lenta y gradual del suelo por aluvión de modo que se modifica imperceptiblemente el cauce de un río, y la segunda un desplazamiento repentino y violento del cauce de modo que se deja seco el antiguo lecho del río. Los principios de derecho público que se han aplicado distinguen entre estos dos hechos, permitiendo la modificación del límite como resultado de un cambio gradual del talud, fijando el límite en el antiguo talud cuando el río altera repentinamente su curso.

Fungible

Bienes fungibles, en derecho civil, hace referencia a los bienes muebles perecederos reemplazables o intercambiables por otros bienes de su mismo tipo, cantidad o calidad. Véase el concepto de bienes fungibles y la definición de cosas fungibles. Es la característica de determinados bienes y valores que consiste en la equivalencia entre elementos individuales de una determinada especie de modo que se pueden intercambiar unos por otros por ser de la misma calidad.

Semovientes

El término semoviente puede identificarse y tener el concepto jurídico tradicional, en derecho agrícola y ganadero, relativo a cada una de las cabezas de ganado que forman parte del patrimonio de una persona. Así, se hablaba de daños por semovientes. Por supuesto, semovientes no son, solamente, el ganado, y es muy frecuente leer textos antiguos sobre los bienes semovientes (véase su definición). El uso de este término jurídico ha disminuido mucho desde principios del siglo XX.

Derecho Privado

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Derecho Privado? Derecho Privado en la Enciclopedia Jurídica Véase más información sobre Derecho Privado Significado de Derecho Privado en Derecho Español Es el que regula las relaciones entre los particulares, planteadas en su propio nombre y beneficio. […]