Abrogacion

Concepto de Abrogación

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Abrogacion?

Abrogación

Definición Básica de Abrogación

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Abrogación proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Es la derogación rotal de una ley. Antiguamente se distinguía la abrogación de la derogación, la primera abolía totalmente la ley; y la segunda, sólo parcialmente.

Abrogación

En ocasiones, un término jurídico (como Abrogación) puede tener diferentes formas de expresión escrita. En otras, una referencia a Abrogación es más conveniente plantearla desde otra palabra. En este sentido, véase el significado equivalente o el sinónimo de Abrogación en este Diccionario en el siguiente concepto o conceptos:

ABOLICIÓN y DEROGACIÓN.

Para más información sobre Abrogación y otros términos jurídicos con su sinónimo, así como frases sobre derecho, incluyendo algunas relacionadas con Abrogación véase las locuciones y los sinónimos de términos usados en Derecho de este Diccionario Jurídico.

Abrogación en la Enciclopedia Jurídica

Abrogación en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Introducción al Derecho Civil en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Abrogación en la sección sobre el Título Preliminar del Derecho Civil pueden ser las siguientes:

  • Abolición
  • Leyes de Tierras
  • Propiedad urbana
  • Plaga
  • Leyes de Tierras

Abrogación en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Abrogación publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Acción o efecto de abrogar una ley.

Significado Alternativo

Abolición total de una ley, que puede ser expresa o formulada en virtud de un precepto contenido en otro posterior, o tacita es decir resultante de la incompatibilidad que exista entre las disposiciones de la nueva ley y de las de la anterior.

Significado Alternativo

Es la acción de abolir una ley expresa en virtud de un contenido en otro posterior a la de una nueva ley.

Abrogación en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido abrogación de la siguiente forma: Revocación, cancelación o abolición de una norma o ley por otra posterior. [1]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Abrogación basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Abrogacion en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia

A continuación se ofrece un abstracto de la voz Abrogacion en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) La anulación o revocación de lo que por ley o privilegio se hallaba establecido. La abrogación de la ley se diferencia de la derogación, en que aquella consiste en la abolición o anulación total de la ley, y esta en la abolición o anulación de solo una parte de ella: Abroga tur legui cum prosas :tolita,: deroga tur legui cum parís detrahitur. La abrogación es expresa o tácita: es expresa, cuando luna nueva ley revoca formalmente.la antigua; es tácita; cuando la nueva ley contiene disposiciones contrarias a la anterior sin decir que la revoca, o cuando los motivos de una ley han cesado enteramente, o, en fin, cuando. se ha establecido una costumbre contraría a la ley,. o cuando esta ha caído en desuso.

Recursos

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Véase También

Ley.—Interpretación de las, leyes.—Costumbre.

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