Amparo de Hidalguía

Concepto de Amparo de Hidalguía

Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Amparo de Hidalguía?

Amparo de Hidalguía en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia

A continuación se ofrece un abstracto de la voz Amparo de Hidalguía en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) El mandamiento que daba cualquiera de los alcaldes de corte en su juzgado de provincia a instancia de un interesado para que se le guardasen las exenciones de nobleza e hidalguía en la corte y lugares de su término. Las formalidades que se observaban en este expediente, no eran otras sino que presentada la instancia con los documentos en el juzgado, se mandaba pasar al procurador general de Madrid, quien la devolvía con su respuesta; y siendo esta favorable, como lo era fácilmente, sin mas diligencias y aun sin otro examen, expedía el juez el citado mandamiento, en cuya virtud quedaba el pretendiente amparado y protegido en la posesión de hijodalgo. Como esta práctica era contraría a lo dispuesto por las leyes en materia de hidalguía, declaró el Consejo Real en 6 de Diciembre de 1779 que los alcaldes de casa y corte, solo en casos de prisión o embargo de bienes por deuda de algún hijodalgo que no estuviese recibido en el Ayuntamiento de Madrid, o de imposición de pena ofensiva a su calidad, podían recibir justificación de la nobleza que gozase en el pueblo de su vecindad u origen, pero que de ningún modo tenían *facultad para admitir generalmente dicha justificación a fin de conceder semejante mandamiento de amparo.

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