Arrendamiento

Concepto de Arrendamiento

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Arrendamiento?

Arrendamiento o arriendo

Definición Básica de Arrendamiento

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Arrendamiento proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

La acción de arrendar. | Contrato por el que se arrienda. | Precio del mismo, llamado también renta o alquiler. | El art. 1.493 del Cód. Civ, arg. define el arrendamiento o locación en la siguiente forma: «Habrá locación cuando dos partes se obliguen recíprocamente, la una a conceder el uso o goce de una cosa, o a ejecutar una obra, o prestar un servicio; y la otra, a pagar por este uso, goce, obra o servicio, un precio determinado en dinero». «El que paga e! precio se llama en este Código, locatario, arrendatario o inquilino, y el que lo recibe, locador o arrendador. El precio se llama también arrendamiento o alquiler». | DE COSAS. El contrato en que una de las partes se obliga a dar a la otra el goce o LISO de una cosa por tiempo determinado y precio cieno, dice el art. 1.543 del Código Civil Español | DE OBRA. Contrato por el cual una de las partes se obliga a ejecutar una obra por precio cierto (art. 1.544 del Código Civil Español). Este contrato se denomina también de ejecución de obras y contrato de empresa. | DE SERVICIOS. Contrato por el cual una de las partes se obliga a prestar a In otra un servicio por precio cieno (art. 1.544 del Código Civil Español). | RÚSTICO. Contrato por el cual una de las parles cede a otra voluntariamente el disfrute de una finca rústica o de alguno de sus aprovechamientos, mediante precio, canon o renta: ya sea en metálico, ya en especie, ya en ambas cosas a la vez, con el fin de dejarla a la exploración agrícola, forestal o ganadera, | URBANO. Contrato por el cual una parle cede a otra voluntariamente el goce o uso de una finca urbana, por tiempo determinado, o no, y precio cieno.

Arrendamiento en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Arrendamiento

Significado de Arrendamiento en Derecho Español

Contrato por el que una de las partes se compromete, mediante precio, a que la otra se obliga a prestarle o procurar a ésta el uso o goce temporal de una cosa, o prestarle temporalmente sus servicios o hacer por cuenta de ella una obra determinada. Son las tres especies comprendidas en el art. 1.542 del CC. esto es, de cosas, de obras o de servicios.

Arrendamiento en el Derecho argentino

Para la toma de contacto de la voz sobre Arrendamiento de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Arrendamiento en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Arrendamiento, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.

Arrendamiento en la Enciclopedia Jurídica

Arrendamiento en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Arrendamiento

Arrendamiento: Alquiler renta arriendo inquilinato.

Significado Alternativo

Contrato mediante el cual el propietario de un automóvil o del derecho de ese vehículo cede su uso y disfrute a otra persona a cambio de una renta o alquiler.

Definición de Arrendamiento

Significado de Arrendamiento en la esfera del derecho financiero, la economía, la contabilidad y otros similares: Cesión de una persona (arrendadora) a otra (arrendatario), del uso de un bien mueble o inmueble, terreno, edificio, automóvil, maquinaria o de una parte de uno o de otro, durante un periodo especificado de tiempo a cambio de una renta u otra compensación.

Contrato de alquiler por el que se cede el uso de un bien a una persona para que pueda disponer de ella durante un plazo de tiempo determinado y con el pago periódico de una cantidad de dinero (en el derecho peruano).

Arrendamiento en Derecho Romano

Explicación de arrendamiento en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa locatio conductio. Contrato nominado, consensual, oneroso, sinalagmático, intuiru rei y de buena fe. El contrato de locario conductio englobaba tres contratos distintos: locatio condirctio rei, arrendamiento de cosas, o simplemente arrendamiento; locatio coiiductio operarum o arrendamiento de servicios, contrato que hoy conocemos como contrato de trabajo, y locatio conductio operis, literalmente arrendamiento de obra, que hoy designamos contrato de obra. En el contrato de locatio conductio rei, una persona, el arrendador, locator, se coniprometía a proporcionar a otra, el arrendatario, cond~.rctor, el goce temporal de una cosa no’consurnible, a cambio del pago temporal de una determinada cantidad de dinero o renta (merees). Un caso especial de este contrato fue el de aparcería. Una prórroga (relocatio) del contrato podía operarse por acuerdo de las partes, o tácitamente si el arrendatario continuaba usando la cosa y el arrendador no se oponía (relocatio tacita). En el contrato de locatio conductio operarum, una persona, el trabajador (locafor), arrendaba sus servicios a otra, el patrón (conductor), a cambio de una remuneración periódica en dinero. En e1 contrato de locatio conductio operis, una persona. el conductor, se comprometía a realizar una obra determinada, y el locator, quien proporcionaba los materiales necesarios, pagaba el precio. Existieron dos acciones para que las partes del contrato pudieran exigir las obligaciones nacidas del mismo, la actio locati y la actio conducti. (Gayo, 3, 142147; C. 4, 65; D. 19, 2; lnst. 3.24.) ib aparcería; contrato; cosas consumibles. as En latín, significa as. Moneda romana de cobre, de 12 onzas.

Arrendamiento en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Arrendamiento publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Contrato de alquiler por el que se cede el uso de un bien a una persona para que pueda disponer de ella durante un plazo de tiempo determinado y con el pago periódico de una cantidad de dinero.

Arrendamiento en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido arrendamiento de la siguiente forma: Contrato por el que una persona natural o jurídica obtiene el uso de una propiedad perteneciente a otra por un período de tiempo dado a cambio de una cantidad de dinero. Léase. Acto o contrato mediante el cual el propietario de un bien o derecho cede su uso y disfrute a otra persona a cambio de una renta (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre rentas) o alquiler. [1]

Arrendamiento (Significado General)

Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de arrendamiento en los siguientes términos: Acto o contrato mediante el cual el propietario de un bien o derecho cede su uso y disfrute a otra persona a cambio de una renta (véase más en este diccionario) o alquiler. [1] [rtbs name=»arrendamiento»]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Arrendamiento basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Arrendamiento basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Traductor Español a Inglés: Arrendamiento en Inglés

Para traducir arrendamiento, ofrecemos el mayor traductor del mundo de términos jurídicos en línea. Traducción de arrendamiento (español) a inglés: Tenancy (el enlace es a Tenancy en la enciclopedia jurídica global en inglés). Sugiéranos, en la zona de comentarios de este diccionario jurídico, por favor, una mejor traducción de Arrendamiento

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