Congreso

Concepto de Congreso

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Congreso?

Congreso

Definición Básica de Congreso

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Congreso proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Junta de varias personas, para deliberar sobre uno o más asuntos; ya con carácter ocasional o permanente. | Cuerpo integrado por diputados o senadores, los cuales forman las Cortes. | Normalmente, el edificio donde celebra sus sesiones la cámara de diputados. | NACIONAL. El organismo colegiado compuesto de las dos cámaras, la de diputados y la de senadores, que representa al Poder legislativo de la nación.

Congreso

Congreso en la Enciclopedia del Derecho

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Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

Congreso

Más sobre Derecho Político en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Congreso pertenecientes al Derecho Político se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Conflictos de Nacionalidad
  • Comisiones parlamentarias
  • Ciudadanía
  • Censos
  • Carta del Altántico

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Traductor Español a Inglés: Congreso en Inglés

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Véase también

Bibliografía

Uso de Congreso en Relación a: Legislature vs. Legislatura (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «congreso»: Legislature en inglés hace referencia al órgano colegiado competente para aprobar normas con rango de ley: Parlamento, Asamblea Legislativa, Congreso, Cortes, etc. «Legislatura» en español es, según el DRAE, el tiempo durante el cual funcionan los cuerpos legislativos, no el órgano en sí. Sin embargo, en algunos países de América Latina, particularmente en Argentina, se emplea el término «legislatura» para referirse a un órgano legislativo de ámbito infraestatal (Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Legislatura de la Provincia de Mendoza, etc.). Es recomendable traducir legislature por «parlamento», «asamblea/cámara legislativa», «órgano legislativo» u otro término genérico similar, salvo que se haga referencia a un órgano legislativo concreto de un país de habla hispana cuya denominación oficial sea «legislatura».

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