Concepto de De oficio
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define De Oficio?
De oficio
Definición Básica de De oficio
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de De oficio proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Calificación que se da a las diligencias que los jueces o tribunales efectúan por decisión propia, sin previo requerimiento de parte o sin necesidad de petición de ésta. Predominan en el proceso penal, en contraposición al civil, regido más bien por el principio opuesto, denominado a instancia de parte.
De Oficio en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre De Oficio
Significado de De Oficio en Derecho Español
Se dice de las diligencias que se practican judicialmente sin instancia de parte, y de las costas que, según lo sentenciado, nadie debe pagar.
De oficio en el Derecho argentino
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De oficio
Conceptos jurídicos relacionados con De oficio en este Diccionario legal
Definición Breve de De Oficio
Diligencias que se practican judicialmente sin instancia de parte.
Significado Alternativo o Información Adicional sobre De Oficio
Oficialmente, con carácter oficial.
Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en el Diccionario Jurídico
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- Dar fe
- Cotejo de documentos
- Conflictos de competencia
- Cédula de emplazamiento
- Cotejo de documentos