Concepto de Discordia
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Discordia?
Discordia
Definición Básica de Discordia
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Discordia proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Desavenencia, oposición o contrariedad de voluntades o intereses. | Diversidad o discrepancia de opiniones, juicios o dictámenes. | Procesalmente, y con referencia a los fallos o resoluciones de los tribunales colegiados, falta de mayoría al votar una sentencia, por la división de pareceres en cuanto a los fundamentos o a la decisión.
Discordia en el Derecho argentino
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Discordia en la Enciclopedia Jurídica
Discordia en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
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