Entregada Sobre Buque

Concepto de Entregada Sobre Buque

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Entregada Sobre Buque?

Definición de Entregada Sobre Buque (puerto de Destino Convenido)

Significado de Entregada Sobre Buque (puerto de Destino Convenido) en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: «DES» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador a bordo del buque, no despachada de aduana para la importación, en el puerto de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costes y riesgos inherentes al llevar la mercancía al puerto de destino acordado con anterioridad a la descarga. Si las partes desean que el vendedor asuma los costes y riesgos de descargar la mercancía, debe usarse el término DEQ. El término DES puede usarse únicamente cuando la mercancía deba entregarse a bordo de un buque en el puerto de destino, después de un transporte por mar, por vía de navegación interior o por un transporte multimodal.

Entregada Sobre Buque en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido entregada sobre buque de la siguiente forma: Incoterm o término de la Cámara de Comercio Internacional con el que se indica que el vendedor ha cumplido con sus responsabilidades en el momento en que ha situado los bienes a bordo del buque y puerto convenidos. Hasta aquí el vendedor ha corrido con los gastos y riesgos (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de transporte y el comprador corre con el resto de las obligaciones que se generen. Sólo puede usarse para transporte por mar o vías navegables. [1]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Entregada Sobre Buque basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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