Fundación Sucesiva

Concepto de Fundación Sucesiva

Esta voz se ocupa del concepto .

Fundación Sucesiva en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido fundación sucesiva de la siguiente forma: Procedimiento de constitución de las sociedades anónimas, poco utilizado en España, y especialmente indicado en aquellos casos en los que se necesita una suma de capital muy elevada. Consta de cuatro fases: redacción y publicidad (véase más en este diccionario) del programa fundacional realizado por los promotores, suscripción de las acciones y desembolso mínimo de un 25 % por parte de los suscriptores, celebración de la Junta General constituyente en la que se aprueban los estatutos de la sociedad y, finalmente, otorgamiento de la escritura pública de constitución e inscripción en el Registro Mercantil. Vease Constitución pública. [1]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Fundación Sucesiva basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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