Jus Variandi

Concepto de Jus variandi

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Jus Variandi?

«Jus variandi»

Definición Básica de Jus variandi

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Jus variandi proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

(Locución latina) Derecho de variar. En el Derecho Laboral se refiere esta facultad a la alteración de las condiciones convencionales o iniciales del contrato.

«Jus variandi»

En ocasiones, un término jurídico (como Jus variandi) puede tener diferentes formas de expresión escrita. En otras, una referencia a Jus variandi es más conveniente plantearla desde otra palabra. En este sentido, véase el significado equivalente o el sinónimo de Jus variandi en este Diccionario en el siguiente concepto o conceptos:

«IUS VARIANDI».

Para más información sobre Jus variandi y otros términos jurídicos en latín, así como frases en latín sobre derecho relacionadas con Jus variandi véase las locuciones y los términos en latín usados en Derecho de este Diccionario Jurídico.

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