Mancomunar

Concepto de Mancomunar

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Mancomunar?

Mancomunar

Definición Básica de Mancomunar

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Mancomunar proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Unir personas con algún fin. | Aunar fuerzas o esfuerzos. | Juntar caudales para alguna empresa. | Obligar a dos o más personas a ejecutar un acto, pagar una deuda, dar una cosa o abstenerse de algo; pero diferenciadas las partes o prestaciones de cada una (V. OBLIGACIÓN MANCOMUNADA.).

Mancomunar en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Mancomunar

Significado de Mancomunar en Derecho Español

Obligar a dos o más personas a pagar o ejecutar de mancomún algo, entre todas y por partes.

Deja un comentario