Ofertas Públicas de Adquisición de Valores Mobiliarios

Concepto de Ofertas Públicas de Adquisición de Valores Mobiliarios

Esta voz se ocupa del concepto .

Ofertas Públicas de Adquisición de valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) Mobiliarios (opas) en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido ofertas públicas de adquisición de valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) mobiliarios (opas) de la siguiente forma: Cuando una empresa (véase más en la plataforma general) o grupo de empresas, o incluso un particular, hacen pública su decisión de adquirir acciones de una determinada sociedad, bajo unas condiciones que al efecto también se señalan. Las acciones de la empresa (véase más en la plataforma general) objeto de la Oferta Pública de Adquisición de valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) Mobiliarios (OPA) pueden cotizarse o no en las Bolsas de Valores. Estas operaciones de tráfico de valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) mobiliarios se hallan reguladas en España por el artículo 60 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) de Valores, así como por el Real Decreto 279/1984, de 25 de enero, parcialmente modificado y derogado según lo dispuesto en el apartadoe) de la disposición adicional quinta del Real Decreto 726/1989, de 23 de junio. En los sistemas Take Over Bid de Gran Bretaña y Tender Offer de los Estados Unidos de Norteamérica predomina la preocupación por defender a los grupos que ostentan el control de las sociedades, frente a la eventualidad de posibles ofertas formuladas por terceros, pero la legislación española atiende principalmente a la defensa de los intereses de los tenedores de los títulos cuya adquisición se ofrece. Siguiendo el modelo europeo-continental, las OPAS se configuran en España como operaciones bursátiles, cuyo objeto es la adquisición de acciones u obligaciones en ellas convertibles, a fin de alcanzar una participación significativa en el capital de una sociedad. Para que dicha oferta tenga carácter público ha de referirse a títulos emitidos por sociedades cuyas acciones, en todo o en parte, estén admitidas a la cotización oficial en Bolsa, y quien pretenda realizarla viene obligado a comunicar su intención a la Comisión Nacional del mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) de Valores, la cual podrá acordar la suspensión cautelar de la contratación oficial de los títulos afectados por un plazo (véase más en este diccionario) máximo de quince sesiones de Bolsa, en cuyo plazo (véase más en este diccionario) los promotores han de formalizar la oferta con carácter irrevocable, aportando a dicha Comisión la documentación exigida y constituyendo las garantías necesarias para la ejecución de su propuesta. Son ofertas competidoras las formuladas por distintos promotores, publicadas en forma simultánea o sucesiva. Cuando las ofertas son publicadas en forma sucesiva, si la segunda es anunciada con una antelación de diez o más días antes de que venza el plazo (véase más en este diccionario) señalado para la primera, el plazo (véase más en este diccionario) de ésta queda automáticamente prorrogado, siendo libres sus aceptantes de adherirse a la propuesta que juzguen más conveniente, considerándose nula su anterior adhesión (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). El artículo 61 de la Ley 24/1988, anteriormente mencionada, introduce en la legislación española la figura de la Oferta pública de venta referida a valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) no admitidos a negociación en un mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) secundario, a la que, en general, son de aplicación las normas legales referentes a nuevas emisiones de valores. [1]

Oferta en Administración Comercial y Economía

Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de oferta en los siguientes términos: Exposición pública que se hace de las mercancías en solicitud de venta. Cantidad de producto que una empresa (véase más en la plataforma general) está dispuesta a vender durante un período de tiempo determinado y a un precio dado. La cantidad ofrecida de un determinado producto depende de diversos factores, siendo los más importantes: el precio de ese bien o servicio en el mercado, el precio de los demás bienes (en especial de los factores productivos utilizados) y la tecnología disponible. Al igual que ocurre con la función de demanda, en la función de oferta se suele utilizar como única variable explicativa el precio del producto. La relación funcional entre la cantidad ofrecida y el precio del producto es siempre una relación creciente: a mayor precio, mayor es la cantidad de producto que la empresa (véase más en la plataforma general) está dispuesta a producir y vender. Para un precio dado, la empresa (véase más en la plataforma general) ofrecerá aquella cantidad de producto que le produzca el máximo beneficio. En un mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) de competencia perfecta el precio de venta del producto viene dado por el mercado. Se demuestra matemáticamente que la cantidad de oferta que a la empresa (véase más en la plataforma general) le depara el máximo beneficio es aquélla para la cual se verifica la igualdad entre el precio y el coste marginal. Cantidad de un bien o servicio que un productor desea o puede ofrecer en un mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) para cada precio. Supply. Bid. Tender. En el ámbito comercial, posibilidad de adquirir un bien en condiciones especialmente ventajosas. Cantidad disponible de un bien a un precio dado. [1] [rtbs name=»ofertas-publicas»]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Oferta basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Ofertas Públicas de Adquisición de valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) Mobiliarios (opas) basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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