Pagaré Descontado

Concepto de Pagaré Descontado

Esta voz se ocupa del concepto .

Pagaré Descontado en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido pagaré descontado de la siguiente forma: Pagaré aún no vencido que es entregado por su poseedor a un intermediario financiero para que, a su vez, lo entregue a cambio de una determinada cantidad de dinero. Esta cantidad es inferior al valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) nominal del título, ya que el intermediario financiero deduce las comisiones y el interés acordado. Esta operación permite al poseedor inicial del pagaré movilizar su crédito y obtener una liquidez de forma inmediata. [1]

Pagaré (Significado General)

Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de pagaré en los siguientes términos: Cualquiera de una variedad de instrumentos de deuda evidenciado por un documento que promete reembolsar el dinero tomado a préstamo junto con los intereses de acuerdo a un programa especificado de reembolso. Documento por el que una persona se compromete a pagar a otra, o a su orden, una determinada cantidad de dinero en fecha cierta. Se trata de un documento mediante el cual se reconoce una deuda por parte de la persona que lo expide (librador); se rige por las normas de derecho mercantil cuando se expide entre comerciante s o tiene su origen en operaciones comerciales, y en su defecto por las normas de derecho civil. El pagaré puede ser nominativo, a la orden o al portador. Es nominativo cuando el pagaré ha de pagarse a una persona determinada, cuyo nombre figura en el documento o título valor. El pagaré a la orden es un documento mediante el cual la persona que lo expide se obliga a pagar una cierta suma de dinero a la persona que designe el acreedor a favor del cual se expide el documento, o a la persona que a través de sucesivos endosos sea el último titular del mismo; los pagarés a la orden que tengan su origen en operaciones de comercio (sean o no comerciantes las partes) comportan las mismas obligaciones y efectos que la letra (véase más en la plataforma general) de cambio, excepto la aceptación que es privativa de ésta. El pagaré al portador es el que tiene que ser pagado cualquiera que sea la persona que lo presente al cobro a su vencimiento. Documento por el que alguien se obliga a pagar una cantidad en un tiempo determinado. Promissory note. Documento en el que consta la obligación de determinada persona de abonar una cantidad estipulada en una fecha fija. Promesa de pago. [1] [rtbs name=»pagares»]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagaré basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagaré Descontado basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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