Concepto de Pagarés Bancarios
Esta voz se ocupa del concepto .
Pagarés Bancarios en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido pagarés bancarios de la siguiente forma: Pagarés de empresa, emitidos por un banco o caja de ahorros. [1]
Pagarés Bancarios en Inversión y Economía Financiera
Se ha definido pagarés bancarios de la siguiente forma: Compromisos de pago a corto plazo emitidos por un banco a favor del tenedoe a la fecha de vencimiento. [1]
Pagaré (Significado General)
Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de pagaré en los siguientes términos: Cualquiera de una variedad de instrumentos de deuda evidenciado por un documento que promete reembolsar el dinero tomado a préstamo junto con los intereses de acuerdo a un programa especificado de reembolso. Documento por el que una persona se compromete a pagar a otra, o a su orden, una determinada cantidad de dinero en fecha cierta. Se trata de un documento mediante el cual se reconoce una deuda por parte de la persona que lo expide (librador); se rige por las normas de derecho mercantil cuando se expide entre comerciante s o tiene su origen en operaciones comerciales, y en su defecto por las normas de derecho civil. El pagaré puede ser nominativo, a la orden o al portador. Es nominativo cuando el pagaré ha de pagarse a una persona determinada, cuyo nombre figura en el documento o título valor. El pagaré a la orden es un documento mediante el cual la persona que lo expide se obliga a pagar una cierta suma de dinero a la persona que designe el acreedor a favor del cual se expide el documento, o a la persona que a través de sucesivos endosos sea el último titular del mismo; los pagarés a la orden que tengan su origen en operaciones de comercio (sean o no comerciantes las partes) comportan las mismas obligaciones y efectos que la letra (véase más en la plataforma general) de cambio, excepto la aceptación que es privativa de ésta. El pagaré al portador es el que tiene que ser pagado cualquiera que sea la persona que lo presente al cobro a su vencimiento. Documento por el que alguien se obliga a pagar una cantidad en un tiempo determinado. Promissory note. Documento en el que consta la obligación de determinada persona de abonar una cantidad estipulada en una fecha fija. Promesa de pago. [1] [rtbs name=»pagares»]
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Pagaré basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Pagarés Bancarios en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Pagarés Bancarios basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).