Poder de las Mujeres

Concepto de Poder de las Mujeres

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto . Nota: Véase también la definición de Derecho de la Mujer.

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Poder de las Mujeres?

Convenciones sobre el Poder de las Mujeres en Derecho Internacional

Algunas de las principales son las siguientes:

Nota: También puede interesar el concepto jurídico de participación política, la definición de convención en derecho en el diccionario, y su significado como «convention» en derecho anglosajón (en inglés). Sobre el colectivo de las mujeres casadas en relación a su nacionalidad, véase la Convención sobre la nacionalidad de Mujeres casadas.

Convención sobre los Derechos Políticos de las Mujeres

Nota: Véase también sobre los Derechos Políticos de las personas en general en esta plataforma digital.

Esta Convención fue adoptada por la Asamblea General de la ONU en la Res. 640 (VII) del 20 de diciembre de 1952 (193 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 135), y entró en vigor el 7 de julio de 1954 (véase más detalles sobre estas cuestiones de derecho internacional). Basada en «el principio de igualdad de derechos entre hombres y mujeres contenido en la Carta de las Naciones Unidas» (Preámbulo), garantizó a las mujeres los siguientes derechos en igualdad de condiciones con los hombres y sin discriminación: votar en todas las elecciones (art. I), presentarse como candidatas a todos los órganos de elección pública (art. II) y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas (art. III). Véase ONU, Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer (1955); Hellsten, Holli y Daskalova, Women’s Citizenship and Political Rights (2006).

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, la igualdad de derechos ante la ley, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), el derecho internacional de los derechos humanos con sus principios, y las víctimas en las políticas procesales.

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Nota: Consulte sobre Mujeres en general, y sobre la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en esta plataforma digital.

Tras la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer de 7 de noviembre de 1967 (Res. 2263 (XXII) de la Asamblea General), e impulsada por la petición de una convención (en la Res. 33/177 de la Asamblea General de 20 de diciembre de 1978), la Asamblea General adoptó esta Convención el 18 de diciembre de 1979 (1249 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 13), entrando la Convención en vigor el 3 de septiembre de 1981. La Convención pretende prohibir toda discriminación contra la mujer, definiéndose la discriminación como «toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera»: artículo 1. Los Estados Partes deben adoptar medidas para prohibir la discriminación (art. 2) y promover la igualdad de mujeres y hombres (arts. 3 y 5), que pueden incluir «medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de hecho» (art. 4.1). Las obligaciones particulares prevén la igualdad en la educación (art. 10), el empleo (art. 11), la asistencia sanitaria (art. 12) y la vida económica y social (art. 13), prestando especial atención a los problemas de las mujeres rurales (art. 14). Se prevé la igualdad ante la ley (art. 15) y en materia de matrimonio y familia (art. 16).

Se crea un Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, el mismo acrónimo utilizado para la Convención) para examinar los progresos realizados en la aplicación de la Convención (art. 17), que debe examinar los informes de los Estados Parte (art. 18) e informar anualmente, a través del ECOSOC, a la Asamblea General de la ONU (art. 21). El 6 de octubre de 1999 se adoptó un Protocolo Facultativo de la Convención (2131 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 83) para permitir que las personas y los grupos se quejen ante el CEDAW alegando que son víctimas de violaciones de la Convención (arts. 1 y 2); a partir de entonces, se establecen las condiciones para dichas quejas y los métodos para tramitarlas. Véase Halberstan y Defeis, Women’s Legal Rights (1987); Rehof, Guide to the Travaux Préparatoires of the United Nations Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women (1993); U.N., The Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women and Its Optional Protocol: Manual para parlamentarios (2003).

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Recursos

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Traductor Español a Inglés: Poder de las Mujeres en Inglés

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