Concepto de Punto
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Punto?
Definición de Punto
Significado de Punto en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: Último dígito en las cotizaciones tradicionales de los tipos de cambio.
Noción de Punto en Derecho Minero
Un objeto sin dimensión que especifica una localización geométrica. Una coordenada «x, y» que representa un elemento geográfico muy pequeño, por ejemplo, un edificio, un pozo. [1]
Punto
Punto en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido punto de la siguiente forma: En términos bancarios y financieros, el 1 % que se corresponde con el interés calculado sobre el principal y que constituye el coste de la financiación (véase más en la plataforma general) o la rentabilidad (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de una inversión (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). [1]
Punto en Inversión y Economía Financiera
Se ha definido punto de la siguiente forma: Unidad de medida de un cambio o índice. [1]Véase Punto Muerto.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Punto en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Punto basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Traducción al Inglés
Traducción al inglés de Punto: Point
Véase También
Bibliografía
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Definición de punto proporcionado por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia. Este término técnico (punto) en materia minera es de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios colombianos en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por el Código de Minas de Colombia.