Concepto de Raíces
[aioseo_breadcrumbs] Esta voz se ocupa del concepto .
¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Raíces?
Raíces
Definición Básica de Raíces
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Raíces proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Parte de los vegetales que está adherida al suelo. Se dicen bienes mices aquéllos que, por estar adheridos al suelo, no pueden llevarse de una a otra parte sin sufrir detrimento.
Raíces en la Enciclopedia Jurídica
Raíces en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Raíces)
Véase también
Otras búsquedas sobre Derechos Reales en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Raíces en la sección sobre los Derechos Reales pueden ser las siguientes:
- Radas
- Proindivisión
- Peño
- Medianería
- Proindivisión
Véase También
- Bienes inmuebles
- inmuebles
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Raíces en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Raíces en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Raíces en el Diccionario Jurídico Mexicano