Raíces

Concepto de Raíces

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Raíces?

Raíces

Definición Básica de Raíces

De con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Raíces proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Parte de los vegetales que está adherida al suelo. Se dicen bienes mices aquéllos que, por estar adheridos al suelo, no pueden llevarse de una a otra parte sin sufrir detrimento.

Raíces en la Enciclopedia Jurídica

Raíces en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Derechos Reales en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Raíces en la sección sobre los Reales pueden ser las siguientes:

  • Radas
  • Proindivisión
  • Peño
  • Medianería
  • Proindivisión

Véase También

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

También puede interesar:

Los de arriba son las definiciones seleccionados. para este diccionario digital de derecho y ciencias sociales.