Concepto de Regalías
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Regalías?
Otras búsquedas sobre Derecho Fiscal y Financiero en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Regalías en la sección sobre el Derecho Financiero y Fiscal pueden ser las siguientes:
- Réditos
- Privilegios fiscales
- Personalidad fiscal
- Multa fiscal
- Privilegios fiscales
Regalías en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido regalías de la siguiente forma: Participación en los ingresos o cantidad fija que se paga al propietario de un derecho a cambio del permiso de usarlo. Royalties. [1]
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Regalías basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Regalías en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Regalías en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Regalías en el Diccionario Jurídico Mexicano
Legislación Histórica
Nota: Véase un desarrollo de este término y otros pertenecientes a la legislación histórica española, aquí.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase También
- Gobernación
- Corona
- Constitución
- Gobierno
- Derechos Monárquicos
- Patrimonio Real
Definición de Regalías
Significado de Regalías en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: Se consideran regalías, entre otros, los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fabrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas y grabaciones para radio o televisión, así como de dibujos o modelos, planos, formulas, o procedimientos y equipos industriales, comerciales o científicos, así como las cantidades pagadas por transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, u otro derecho o propiedad similar. Para los efectos del párrafo anterior, el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras científicas incluye la de los programas o conjuntos de instrucciones para computadoras requeridos para los procesos operacionales de las mismas o para llevar a cabo tareas de aplicación, con independencia del medio por el que se transmitan.
Significado Alternativo
También se consideran regalías los pagos efectuados por el derecho a permitir el acceso al publico a dichas imágenes o sonidos, cuando en ambos casos se transmitan por vía satélite, cable, fibra óptica u otros medios similares. Los pagos por concepto de asistencia técnica no se consideraran como regalías. Articulo 15-A CFF.
Significado Alternativo
Las cantidades de cualquier clase pagadas en relación con el uso, o concesión de uso, de un derecho de autor sobre una obra literaria (copyright), patente, marca comercial, diseño o modelo, plano formula o procedimiento secreto u otro derecho o propiedad intangible, o por informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, e incluye pagos de cualquier clase en relación con películas cinematográficas y obras registradas en películas, video u otros medios de reproducción para uso en televisión e incluye pagos de cualquier especie en virtud de la recepción de, o el derecho de recibir, imágenes visuales o auditivas, o ambas transmitidas al público vía satélite o por cable, fibra óptica u otra tecnología similar, o el uso en relación con la transmisión por televisión o radio, o el derecho de usar en relación con la transmisión por televisión o radio, imágenes visuales o auditivas o ambas transmitidas vía satélite o por cable fibra óptica u otra tecnología similar. Las regalías pueden someterse a imposición en uno u otro estad, sin exceder del 15%
Definición de Regalías
Significado de Regalías: Las cantidades de cualquier clase pagadas por el uso o la concesión de uso de un derecho de autor (obras literarias, artísticas, películas, etc.) o una propiedad industrial (modelos o dibujos industriales, invenciones, formulas etc.) así como el uso o la concesión de uso de un equipo industrial, comercial o científico y por las informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas se incluyen las ganancias derivadas de la generación de los bienes y derechos anteriores, en la medida en que la cantidad obtenida por esa anegación se determine en función de la productividad o del uso de tales bienes y derechos.