Autocartera

Concepto de Autocartera

Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Autocartera?

Definición de Acciones Propias (autocartera)

Esta situación concurre en el momento en que una sociedad adquiere acciones que ha emitido ella misma. Para que se pueda realizar esta operación se deben dar una serie de requisitos que son: dotación de una reserva contable especial con cargo a reservas voluntarias o beneficios, límite máximo de acciones propias: en sociedades cotizadas el 5%, autorización previa de la Junta General de Accionistas y además las acciones deben estar totalmente desembolsadas.

Funciones y Legislación de la autocartera

Existen varias causas por las que a una empresa le interesa tener acciones propias en su activo:

  • Evita el desplome del valor de los títulos de la sociedad. Se reduce el número de acciones en circulación para minimizar el impacto sobre su cotización.
  • Enviar una señal de optimismo sobre la compañía. Al comprar acciones propias se da la imagen de confianza en el valor de la empresa.
  • Para retribuir a sus directivos y empleados con esas acciones. Además de una forma de retribución, sirve para implicarles en los resultados de la empresa.
  • Repartir el beneficio. La recompra de acciones muchas veces se considera como alternativa al reparto de dividendo, ya que tiene el mismo efecto.

Normativa de la autocartera

La compra de acciones propias está muy regulada en todo el mundo. A modo de ejemplo, la actual normativa española, a través del artículo 134 de la Ley de Sociedades de Capital, impone una serie de obligaciones a las empresas a la hora de utilizar su autocartera. En el caso de las sociedades cotizadas, no podrán tener más de un 10% de sus acciones de autocartera, mientras que el límite de autocartera para las empresas no cotizadas será del 20%. En cuanto a las sociedades cotizadas, estarán obligadas a informar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre los movimientos de su autocartera.

Otra de las obligaciones que establece la Ley de Sociedades de Capital española es la de contar con la aprobación previa de la Junta General de Accionistas así como fijar el precio máximo y mínimo para la adquisición de las acciones propias. Requisito que merece especial atención es que la operativa con autocartera no puede superar el 25% del volumen negociado en las últimas 20 sesiones.

Las acciones propias carecen de derecho a voto y de derecho a dividendo, aunque si computan en el capital a efectos de calcular el quórum necesario para la constitución de la junta y la adopción de acuerdos.

Fuente: economipedia

Autocartera en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Autocartera publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Las compañías pueden tener también acciones de ellas mismas, en nuestro País la autocartera no puede ser superior al 5% del capital.

Significado Alternativo

Se denomina así a la cartera formada por acciones de una sociedad en manos de la propia sociedad o de una sociedad filial a la misma. La autocartera en España no puede ser superior al 5 % de las acciones. En la mayoría de las ocasiones se produce por la necesidad de mantener la cotización en bolsa

Autocartera en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido autocartera de la siguiente forma: Acciones propias que una sociedad mantiene entre sus activos. A cualquier sociedad en general pero sobre todo a las que cotizan en Bolsa les interesa tener una autocartera de cierta importancia para procurar ejercer algún tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de control —aunque sea mínimo— sobre la cotización de sus acciones y para operar también, en alguna medida al menos, como market maker. La Ley de Sociedades Anónimas de 17 de julio de 1951 permitía que una sociedad pudiera adquirir sus propias acciones a los solos efectos de amortizarlas. El Texto Refundido de la Ley de Sociedad es Anónimas (RDL 1564/1989) admite con muchas limitaciones la existencia de autocartera. La sociedad sólo podrá adquirir sus propias acciones o las de la sociedad dominante siempre que la adquisición haya sido autorizada por la junta general y que el valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) nominal de las acciones adquiridas, sumándose al de las que ya posean la sociedad y sus sociedades filiales, no exceda del 10 por 100 del capital social. Cuando una sociedad hubiese adquirido acciones propias o de su sociedad dominante, además de quedar en suspenso el ejercicio del derecho de voto y de los demás derechos políticos incorporados a las acciones, habrá de constituir en el pasivo (véase más en este diccionario) del balance una reserva (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) indisponible por un importe equivalente. Con todas las limitaciones que la Ley le impone, la posibilidad de tener autocartera confiere al tráfico de acciones, tanto de las sociedades que cotizan en Bolsa como de las que no, una mayor agilidad y flexibilidad. Permite que las sociedades anónimas puedan constituir en su interior mini-markets o embriones de mercados (financieros y/o económicos, generalmente; véase más en la plataforma general) de valores. Función de la autocartera de especial utilidad sobre todo para las sociedades anónimas que no cotizan en Bolsa. Adquisición por una empresa (véase más en la plataforma general) de sus propios títulos para evitar la baja de su cotización o la entrada en la misma de extraños a ella. Treasury stock. Véase acciones en cartera o propias. Adquisición y posesión de acciones o valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de la propia empresa. Podrá realizarse en un momento dado, para mantener las cotizaciones a determinados niveles o para evitar entradas no deseadas de algunos inversores. [1]

Autocartera en Inversión y Economía Financiera

Se ha definido autocartera de la siguiente forma: Conjunto de acciones propias de una sociedad, emitidas por ella misma, que ha adquirido derivativamente o no ha podido colocar entre el público y que constan en su balance como autocartera. La autocartera está muy limitada temporal y cuantitativamente en nuestro derecho societario y las razones son las de evitar maniobras especulativas con las propias acciones o la ocultación de la situación real de la sociedad. La Ley de Sociedades Anónimas restringe la autocartera de las sociedades sometiéndola a requisitos especiales que se contienen en los artículos 74 y siguientes bajo el epígrafe «De los negocios sobre las propias acciones». [1]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Autocartera en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia

Véase También

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Autocartera basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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