Concepto de Colación
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Colación?
Colación
Definición Básica de Colación
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Colación proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Por antonomasia, la colación de bienes (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital). | Cotejo o comparación de una cosa con otra. | Acto de conferir los grados universitarios. | Donación o atribución de algo a una persona. | Territorio o parte de un vecindario perteneciente a cada parroquia. | Otorgamiento de un beneficio eclesiástico. | DE BIENES. O simplemente colación, es la obligación en la cual se encuentran ciertos herederos forzosos, que concurren con otros a una sucesión, de aportar a la masa hereditaria determinadas liberalidades recibidas del causante antes de la muerte de éste, para que los otros coherederos participen de ellas proporcionalmente, en caso de disponerlo el testador o para computar legítimas y mejoras.
Colacion en el Derecho argentino
Para la toma de contacto de la voz sobre Colacion de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Colacion en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Colacion, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.
Partición Hereditaria: la Colación en el Derecho civil
Consulte en este diccionario jurídico las definiciones y significados de las palabras en español, sinónimos y antónimos, relacionados con este término de derecho civil. ColaciónColaciónColaciónColación
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Bibliografía
- LACRUZ BERDEJO, J. L. y SANCHO REBULLIDA, F. DE A.: Elementos de Derecho Civil. V Derecho de Sucesiones. Librería Bosch, Barcelona, 1981.
- CASTáN TOBEñAS, J.: Derecho Civil Español, Común y Foral, t. VI, vol. I. Editorial Reus, Madrid, 1969.
- MANZANO SOLANO, A.: Partición de herencia y liquidación de la sociedad de gananciales, Boletín de Información del Ilustre Colegio Notarial de Granada. Noviembre 1985.
- ANTUñA PLAZA, C.: El artículo 1.060 del C.C. en el contexto de la ley que lo reforma. Incidencia de la nueva ley de tutela, Boletín de Información del Ilustre Colegio Notarial de Granada. Mayo 1985.
- TORTOSA, A.: Contador—partidor dativo, Boletín de Información del Ilustre Colegio Notarial de Granada. Enero 1982.
- ROCA SASTRE, R. M.: Estudios de Derecho Privado: II Sucesiones. Madrid, 1948.
- DíEZ—PICAZO, L. y GULLóN BALLESTEROS, A.: Sistema de Derecho Civil, vol. IV. Editorial Tecnos, Madrid, 1978.
- RIVAS MARTíNEZ, J. J.: Derecho de Sucesiones, Común y Foral, t. II. Editorial Dykinson, Madrid, 1987.
Colación en la Enciclopedia Jurídica
Colación en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Colación)
Véase también
Colación de derecho canónico
Colación de derecho canónico en la Enciclopedia del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica para el estudiante y el profesional del derecho (incluyendo Colación de derecho canónico)
Recursos en este Diccionario Jurídico
Véase también
Otras búsquedas sobre Sucesiones en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Colación en la sección sobre las Sucesiones pueden ser las siguientes:
- Coheredero
- Citación de los herederos
- Capacidad para suceder
- Bienes reservables
- Citación de los herederos
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Colación en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Colación en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Colación en el Diccionario Jurídico Mexicano