Contrato Oneroso

Concepto de Contrato Oneroso

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Contrato Oneroso?

Contrato Oneroso en la Enciclopedia Jurídica

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Significado de Contrato Oneroso en Derecho Español

El que implica alguna contraprestación.

Contrato Oneroso

Conceptos jurídicos relacionados con Contrato Oneroso en este Diccionario legal

  • a título oneroso
  • Contrato oneroso en la Enciclopedia Jurídica

    Contrato oneroso en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

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    Véase también

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    • Contrato múltiple
    • Contrato fiduciario
    • Contrato de seguro
    • Contrato de obra cinematográfica
    • Contrato fiduciario

    Contrato Oneroso en Administración Empresarial y Economía

    Se ha definido contrato oneroso de la siguiente forma: Contrato en el que las partes realizan una prestación o atribución patrimonial recíproca. [1]

    Recursos

    [rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

    Notas y Referencias

    1. Concepto de Contrato Oneroso basado en contenido propio y en una selección de obras y de , entre ellos el de y (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

    Véase También

    Recursos

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    Véase también

    Bibliografía

    Contrato Oneroso

    Contrato Oneroso: Es un contrato oneroso, en principio, pues la contraprestación está representada por el pago del precio. Sin , no vemos impedimento para que se constituya a título gratuito, esto es, como liberalidad. La presunción de onerosidad del se debe a que generalmente es de carácter lucrativo o mercantil (el suministro gratuito constituye una excepción). Es oneroso porque del suministro se derivan económicas para ambas partes contratantes. Empero, si se celebra a título de liberalidad es gratuito. Es conveniente señalar que el suministro de bienes o se hace «a cambio de una contraprestación» y no de un precio porque, en la realidad práctica, se dan casos en los que el proveedor no recibe dinero a cambio de los bienes que da o de los servicios que presta, sino que obtiene otras cosas o también servicios, lo que está bien siempre que no se violen laborales. En la esencia del concepto de suministro se encuentran las prestaciones periódicas o continuadas de bienes o servicios a que se obliga el suministrante. Es la satisfacción de las necesidades duraderas del público la que requiere de «un contrato de cambio que no termine su función en un solo acto, que tenga una eficacia duradera». Esa exigencia es satisfecha por el contrato de suministro, por efecto del cual una parte se obliga a ejecutar a favor de la obra prestaciones periódicas o continuadas de bienes o servicios.

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