Mancebo

Concepto de Mancebo

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Mancebo?

Mancebo

Definición Básica de Mancebo

De con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Mancebo proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Joven. | Soltero. | Asalariado en ciertos . | Auxiliar práctico de un farmacéutico. | Auxiliar o empleado de comercio, con menores atribuciones y que los y dependientes.

Mancebo

Mancebo en la Enciclopedia del Derecho

Puede encontrar útil en:

Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

Mancebo en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido mancebo de la siguiente forma: Encargado de vender al por mayor o al por menor en un almacén o abierto al público. Están autorizados para cobrar el importe de las ventas que hagan y sus , expedidos a nombre del principal, serán válidos a todos los . Cuando un encarga a su mancebo la recepción de mercaderías y éste las recibe sin reparo sobre su cantidad o , su recepción surtirá los mismos efectos que si la hubiera hecho el principal. [1]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Mancebo basado en contenido propio y en una selección de obras y de referencia, entre ellos el de y (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

También puede interesar:

Los de arriba son las definiciones seleccionados. para este diccionario digital de derecho y ciencias sociales.