Mayoría

Concepto de Mayoría

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Mayoría?

Mayoría

Definición Básica de Mayoría

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Mayoría proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Calidad de mayor; de más grande. | Más edad o mayoría de edad. | El número más crecido de votos conformes en una votación o elección (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | El número mayor de pareceres acordes en una reunión o asamblea, en un cuerpo o nación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Oficina de alguno de los funcionarios o empleados que llevan el nombre de mayor. | Generalidad. | Opinión pública o predominante. | CUALIFICADA. La exigida por encima de la estricta mayoría absoluta; como los dos tercios o los tres cuartos de los votos o votantes. | DE EDAD. Adquisición de la plena capacidad jurídica por el hecho de cumplir los años que la legislación de cada país requiera, y en las diversas ramas del Derecho: Civil, Mercantil, Laboral, etc. | Situación jurídica de capacidad de cuantos han cumplido la edad en que se produce la emancipación de la patria potestad, de la tutela o curatela, o de otra restricción genérica de las facultades jurídicas de las personas. | RELATIVA. Conjunto uniforme de pareceres o de votos que predomina en una discusión o votación, sin llegar a más de la mitad de los emitidos.

Mayoría en la Enciclopedia Jurídica

Mayoría en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Mayoría en Derecho Electoral

Mayoría en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido mayoría de la siguiente forma: Mayor número de votos a favor obtenidos en una votación, referéndum, reunión o asamblea. Existen varios tipos de mayorías: -mayoría cualificada o reforzada ((En inglés: qualified majority)): porcentaje superior al exigido en la mayoría absoluta; -mayoría absoluta ((En inglés: absolute majority)): mitad más uno de los individuos con derecho a voto; -mayoría relativa ((En inglés: relative majority)): mayor número de votos logrados en una votación en relación a los logrados por las otras ideas o personas sometidas a votación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). [1]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Mayoría basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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