Pagaré Flotante de Banda

Concepto de Pagaré Flotante de Banda

Esta voz se ocupa del concepto .

Pagaré Flotante de Banda en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido pagaré flotante de banda de la siguiente forma: Un tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de pagaré estructurado en el cual el instrumento paga un tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) flotante mejorado (habitualmente en forma de un diferencial del tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de referencia) siempre y cuando el tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de referencia permanezca dentro de una banda definida. Si el tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de referencia se aparta de la banda definida, el pagaré flotante de banda paga un descuento sustancial respecto al tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de referencia. Por ejemplo, un tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) flotante de banda podría pagar el LIBOR + 75 pb cuando el LIBOR está entre el 4% y el 6% pero podría pagar sólo 75 pb cuando el LIBOR esté por debajo del 4% o por encima del 6%. También conocido como pagaré de banda. Ver también pagaré de devengo y pagaré de devengo mejorado por el LIBOR. [1]

Pagaré (Significado General)

Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de pagaré en los siguientes términos: Cualquiera de una variedad de de deuda evidenciado por un documento que promete reembolsar el dinero tomado a préstamo junto con los de acuerdo a un programa especificado de reembolso. Documento por el que una se compromete a pagar a otra, o a su orden, una determinada cantidad de dinero en fecha cierta. Se trata de un documento mediante el cual se reconoce una deuda por parte de la persona que lo expide (librador); se rige por las normas de cuando se expide entre comerciante s o tiene su origen en operaciones comerciales, y en su defecto por las normas de civil. El pagaré puede ser nominativo, a la orden o al portador. Es nominativo cuando el pagaré ha de pagarse a una persona determinada, cuyo nombre figura en el documento o título valor. El pagaré a la orden es un documento mediante el cual la persona que lo expide se obliga a pagar una cierta suma de dinero a la persona que designe el a favor del cual se expide el documento, o a la persona que a través de sucesivos sea el último titular del mismo; los a la orden que tengan su origen en operaciones de comercio (sean o no las partes) comportan las mismas y que la letra (véase más en la plataforma general) de cambio, excepto la que es privativa de ésta. El pagaré al portador es el que tiene que ser pagado cualquiera que sea la persona que lo presente al cobro a su vencimiento. Documento por el que alguien se obliga a pagar una cantidad en un tiempo determinado. Promissory note. Documento en el que consta la obligación de determinada persona de abonar una cantidad estipulada en una fecha fija. Promesa de pago. [1] [rtbs name=»pagares»]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagaré basado en contenido propio y en una selección de obras y de referencia, entre ellos el de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagaré Flotante de Banda basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También