Pagarés del Tesoro

Concepto de Pagarés del Tesoro

Esta voz se ocupa del concepto .

Pagarés del Tesoro en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido del tesoro de la siguiente forma: valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) a plazo (véase más en este diccionario) medio, que devengan cupón y que vende el Tesoro de en subastas periódicas para financiar sus operaciones corrientes. Se ofrecen con vencimientos a 2, 5 y 10 años. Al igual que los bonos del Tesoro, la rentabilidad (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de estos instrumentos se expresa sobre la base de un cupón semestral. Los pagarés y los bonos del Tesoro se denominan a veces cupones del Tesoro para distinguirlos de los instrumentos al descuento, como las letras del Tesoro. Semejantes a los Treasury Bill s americanos, los pagarés del Tesoro son una modalidad de deuda pública a corto plazo (véase más en este diccionario) que el Estado emite para hacer frente a sus desequilibrios de . Se emiten mediante subastas quincenales y, a diferencia de los certificados de regulación monetaria, a las subastas de pagarés del Tesoro puede acudir cualquier o institución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Se emiten también al descuento y su valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) nominal es de un millón o medio millón, según que su sea de seis meses o un año. Su emisión se puede formalizar en títulos fun-gibles amparados en una referencia técnica como cualquier valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de los negociados en Bolsa, en títulos a la orden que se transmiten mediante endoso y también mediante el sistema de anotaciones en cuenta, al igual que los certificados de regulación monetaria, centralizado en el Banco de España. Pagarés emitidos al descuento, por medio de subastas, por el Tesoro Público, con el propósito de obtener financiación (véase más en la plataforma general) para la cobertura del déficit presupuestario. [1]

Pagarés del Tesoro en Inversión y Economía Financiera

Se ha definido pagarés del tesoro de la siguiente forma: financieros emitidos a corto plazo por el Estado en forma periódica y que en España no tenían retención fiscal , eran al portador y no existía obligación de comunicación fiscal sobre el titular. Hoy día las a corto plazo del Tesoro se canalizan a través de las Letras del Tesoro ya que no se emiten en forma de Pagarés al haber desaparecido el anonimato fiscal de los activos financieros públicos. [1]

Pagaré (Significado General)

Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de pagaré en los siguientes términos: Cualquiera de una variedad de instrumentos de deuda evidenciado por un documento que promete reembolsar el dinero tomado a préstamo junto con los intereses de a un programa especificado de reembolso. Documento por el que una persona se compromete a pagar a otra, o a su orden, una determinada cantidad de dinero en fecha cierta. Se trata de un documento mediante el cual se reconoce una deuda por parte de la persona que lo expide (librador); se rige por las normas de cuando se expide entre comerciante s o tiene su origen en operaciones comerciales, y en su defecto por las normas de derecho civil. El pagaré puede ser nominativo, a la orden o al portador. Es nominativo cuando el pagaré ha de pagarse a una persona determinada, cuyo nombre figura en el documento o título valor. El pagaré a la orden es un documento mediante el cual la persona que lo expide se obliga a pagar una cierta suma de dinero a la persona que designe el a favor del cual se expide el documento, o a la persona que a través de sucesivos endosos sea el último titular del mismo; los pagarés a la orden que tengan su origen en operaciones de (sean o no las partes) comportan las mismas y efectos que la letra (véase más en la plataforma general) de cambio, excepto la aceptación que es privativa de ésta. El pagaré al portador es el que tiene que ser pagado cualquiera que sea la persona que lo presente al cobro a su vencimiento. Documento por el que alguien se obliga a pagar una cantidad en un tiempo determinado. Promissory note. Documento en el que consta la obligación de determinada persona de abonar una cantidad estipulada en una fecha fija. Promesa de pago. [1] [rtbs name=»pagares»]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagaré basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagarés del Tesoro en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia

Véase También

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Pagarés del Tesoro basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

También puede interesar:

Los de arriba son las definiciones seleccionados. para este diccionario digital de derecho y ciencias sociales.