Prenda

Concepto de Prenda

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Prenda?

Prenda

Definición Básica de Prenda

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Prenda proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Contrato y derecho real por los cuales una cosa mueble se constituye en garantía de una obligación, con entrega de la posesión al acreedor y derecho de éste para enajenarla en caso de incumplimiento y hacerse pago con lo obtenido. | La cosa sujeta a este contrato y derecho real. | Alhaja, mueble o enseres domésticos que se dan para vender. | Lo dado, dicho o hecho como señalo prueba de algo. | Toda garantía o seguridad, aun espiritual; como la palabra, promesa o juramento. | Cualidad, dote, mérito. | Ser muy querido. | AGRARIA o AGRÍCOLA. La que se constituye como garantía especial de préstamos en dinero cuando los objetos sobre que recae son cosas destinadas a la explotación rural; o, por extensión, algunas otras cosas. | COMERCIAL. Para el Cód. de como arg.: «El contrato de prenda comercial es aquél por el cual el deudor, o un tercero a su nombre, entrega al acreedor una cosa mueble, en seguridad y garantía de una operación comercial» (art. 580). | DE CRÉDITOS. La pignoración de una obligación activa se rechaza por gran parte de la doctrina basándose en que los créditos no son susceptibles de posesión: si bien puedan serlo los documentos en que figuren, completados por otro probatorio, donde conste la constitución prendaria. | IRREGULAR. La que se constituye sobre dinero u otra cosa fungible. En realidad no es tal prenda, por no trasmitir la sola posesión al acreedor garantizado, sino también la propiedad por lo irreconocible del objeto. | SIN DESPLAZAMIENTO. Se denomina así la garantía real mobiliaria cuando el objeto que la constituye permanece en poder del deudo».

Prenda en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Prenda

Significado de Prenda en Derecho Español

Garantía real que se constituye sobre bienes muebles para garantizar el cumplimiento de una obligación, y con entrega de la posesión al acreedor para en caso de incumplimiento poder cobrarse con cargo a ella (Art. 1.857 del CC).

Prenda con registro

Conceptos jurídicos relacionados con Prenda con registro en este Diccionario legal

  • Prenda Sin Desplazamiento
  • Prenda

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  • Acción Pignorataria
  • Prenda

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  • Acción Prendaria
  • Prenda

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  • Prenda Comercial
  • Prenda en el Derecho civil

    Consulte en este diccionario jurídico las definiciones y significados de las palabras en español, sinónimos y antónimos, relacionados con este término de derecho civil. Figura por la cual se entrega un bien mueble en garantía del cumplimiento de una obligación para asegurar el compromiso de una obligación; en caso de incumplimiento, el acreedor perjudicado podrá hacerse pago con el producto de la venta del bien (en el derecho peruano).

    Prenda e Hipoteca en Derecho Romano

    Explicación de prenda e hipoteca en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa pignns, hyphoteca. Derechos reales sobre una cosa que a otro, en latín iura in re aliena, para garantizar el pago de una deuda preexistente, constituyendo lo que se conoce como garantids reales. La prenda otorgaba al acreedor prendario la facultad de retener una cosa que se le había entregado en garantía del pago de una deuda y que debía devolver al recibirla; no tenía la facultad de usarla en SU provecho ya que, de hacerlo, incurfiría en un robo de uso. En general Se entregaban bienes muebles. Con’el tiempo se concibió la posibilidad de constituir una garantía real Sin que el deudor entregara el bien al acreedor, quien podía pedir su entrega en caso de incumplimiento de la deuda garantizada; esta niodalidad se conoció con un término de origen griego: hipoteca. Su antecedente se encuentra con relación al arrenprendar hipoteco damiento rústico, en el que los bienes muebles, invecta et illata, esto es, ganado, esclavos, instrumentos de labranza, introducidos por el arrendatario en la finca arrendada, servirían de garantía del pago de la renta.

    Más sobre el Concepto y la Evolución Histórica Romana de Prenda e Hipoteca

    El arrendador tenía el interdicto Salviano para pedir su posesión al arrendatario; después se creó la acción Serviana para reclamarlos de cualquier tercero. Más tarde se extendió el alcance de esta acción, con el nombre de acción cuasiserviana, hipotecaria o pignoraticia, otorgada a favor del acreedor que en cualquier caso fuera titular de estos derechos reales de garantía. Los efectos jurídicos de la prenda y la hipoteca fueron los mismos, así como su constitución y extinción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Se constituían por contrato, testamento, decisión judicial, por la ley en forma directa, como en el caso de la hipoteca que el pupilo tenía sobre los bienes del tutor, o la mujer sobre los bienes del marido, para garantizar la devolución de la dote. Se extinguían por extinción de la deuda garantizada, por pérdida de la cosa, por renuncia, por confusión y por prescripción de la acción, cuyo plazo era de 40 años contados a partir del primer momento en que el acreedor hipotecario pudo preimp’ón ejercerla. La diferencia entre ambas instituciones la explicaron los juristas romanos diciendo: «Llamamos propiamente prenda la que pasa al acreedor; hipoteca cuando no pasa al acreedor ni la posesión». (Ulpiano, D. 13, 7, 9, 2.) Véase: acción; acciones perpetuas y acciones temporales; arrendamiento; confusión o consolidación; contrato; cosa; cosas inmuebles y cosas muebles; curatela; dote; interdictos para adquirir la posesión; robo; testamento; tutela.

    Prenda

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    Prenda Prenda

    Prenda en Administración Empresarial y Economía

    Se ha definido prenda de la siguiente forma: Un término ya en desuso para el dinero o los valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) puestos como garantía en la contratación de futuros. Ahora se usa más habitualmente el término margen. Ver margen en el contexto de futuros. Bien inmueble que se entrega o deposita como garantía del cumplimiento de una obligación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Pledge. préstamo (véase más en este diccionario) hipotecario Contrato y derecho real sobre un bien mueble que garantiza el cumplimiento de una obligación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Supone el desplazamiento del bien, que da derecho al acreedor a disponer de la cosa empeñada. Si el deudor no cumple con su obligación, el acreedor la podrá vender para satisfacer con su valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) el importe de la obligación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). La ley contempla también la prenda sin desplazamiento en algunos supuestos. [1]

    Prenda en Inversión y Economía Financiera

    Se ha definido prenda de la siguiente forma: Garantía que recae sobre un bien mueble. Su regulación se halla en los artículos 1863 y siguientes del Código Civil. Dicha prenda puede ser sin desplazamiento de la posesión al acreedor pignoraticio cuando recae sobre ciertos muebles, sometida a la inscripción en el Registro de la Propiedad y cuya regulación se halla en la Ley de 16 de diciembre de 1954 (B.O.E. núm. 352 de 18 de diciembre). [1]

    Recursos

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    Notas y Referencias

    1. Concepto de Prenda en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia

    Véase También

    Recursos

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    Notas y Referencias

    1. Concepto de Prenda basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

    Véase También

    Recursos

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    Véase También

    • Garantía prendaria

    Recursos

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    Véase También

    • Garantía pignoraticia

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    Bibliografía

      ALAS: Estudios sobre la publicidad en el Derecho privado: la publicidad y los bienes muebles. Madrid, 1920.
    • ALBALADEJO GARCÍA, M.: La «poseibilidad» del derecho de la prenda, en Estudios de Derecho Civil. Barcelona, 1952.
    • ARIAS RAMOS: La doctrina de la conventio y el origen de la hipoteca romana, Revista de Derecho Privado. 1943.
    • BERCOVITZ, R.: La cláusula de reserva de dominio. Madrid, 1971.
    • BLOMEYER: Las garantías sin posesión de cosas muebles en Alemania, A.A.M.N., XI.
    • GULLóN BALLESTEROS, A.: Cuestiones de preferencia en la ley de hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento, A.D.C. 1964.
    • LACRUZ BERDEJO, J. L.: La forma constitutiva en la hipoteca mobiliaria y en la prenda sin desplazamiento, A.A.M.N., XI.
    • LALAGUNA, E.: Perspectiva actual de la hipoteca mobiliaria y la prenda sin desplazamiento, en relación con la venta a plazos de bienes muebles, R.D.C.I., 460.
    • NúñEZ LAGOS, R.: La responsabilidad personal y la responsabilidad real en las nuevas modalidades de hipoteca, R.G.L.J. 1947.
    • PRIERO—CASTRO: Los procedimientos de ejecución de la hipoteca mobiliaria y la prenda sin desplazamiento, A.A.M.N., XI.
    • ROCA, J.: El depósito y la garantía real mobiliaria. Madrid, 1946.
    • SANZ FERNÁNDEZ, A.: La prenda sin desplazamiento, A.A.M.N., II.
    • VALLET DE GOYTISOLO, J.: Planteamiento y cuestiones generales de la ley de 16 de diciembre de 1954, A.A.M.N., XI.

    Prenda en la Enciclopedia Jurídica

    Prenda en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

    Puede encontrar información útil en:

    Véase también

    Otras búsquedas sobre Contratos en el Diccionario Jurídico

    Otras voces que guardan relación con Prenda en la sección sobre los Contratos Civiles pueden ser las siguientes:

    • Precontrato
    • Plazo
    • Pago a mejor fortuna
    • Onerosidad
    • Plazo

    Recursos

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    Véase también

    Bibliografía

    Prenda

    Prenda: Es un derecho real de garantía, recae sobre un bien mueble, existe entrega, el bien puede ser materia de disposición, indivisible, accesoria, onerosa, temporal, especialidad, etc.

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