Concepto de Razón
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Razón?
Razón
Definición Básica de Razón
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Razón proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Facultad discursiva que establece el privilegio del hombre sobre todos los seres de la creación o naturaleza. | La verdad. | La certeza en un caso. | Argumento. | Alegato. | Demostración, prueba de algo. | Explicación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Causa. | Motivo. | Móvil. | Derecho para proceder. | Justicia de un acto. | Equidad en el precio. | Cuenta. | Relación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Proporción | Cómputo. | Noticia. | Cordura. | Apoyo de la ley en un litigio. | Fallo favorable en una resolución judicial. | DE ESTADO. Criterio de gobierno para el bienestar general de los ciudadanos o prestigio y dignidad nacional. | Pretexto invocado para dejar de cumplir el Estado, o sus representantes, una ley, tratado o sentencia; y basado, con mayor o menor fundamento, en el perjuicio, imprevisible con anterioridad, que infiere a los valores morales o materiales del mismo. | DE JUSTICIA. Argumento o consideración que lleva a apartarse de la norma positiva fundándose en las consecuencias injustas, presumiblemente no queridas por el legislador, que de la estricta aplicación del Derecho positivo se derivarían en un caso. | Mérito para resolver a favor de alguien, o para recompensarle. | DEL DICHO. A los testigos se les requerirá para que aclaren, de no haberlo manifestado espontáneamente, en cada una de las contestaciones, la razón de ciencia de su dicho (art. 649 de la Ley de Enj, Civ. esp.); que, en la práctica, se reduce a determinar si el testigo sabe lo que dice por haberlo presenciado u oído directamente a las partes o acusados, o si expone lo que ha oído referir a otros, aun habiendo éslos sido testigos presenciales. | JURÍDICA. La que encuentra su fundamento en el Derecho positivo («ratio legis») o en los principios generales del ordenamiento vigente, («ratio juris»); de aplicación concreta en el supuesto primero, e indirecta en el otro. | SOCIAL. En el Derecho Mercantil, nombre o denominación con que son designadas o conocidas las compañías o sociedades.
Definición Breve de Razón
Discernimiento.
Razón en la Enciclopedia Jurídica
Razón en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Razón)
Véase también
Razón
Razón en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido razón de la siguiente forma: Relación existente entre dos números o cantidades que refleja las veces que uno de ellos contiene al otro. Ratio. [1]Véase Razones de Endeudamiento,
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Razón basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Traducción al Inglés
Traducción al inglés de Razón: Reason