Concepto de Fallo
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Fallo?
Fallo
Definición Básica de Fallo
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Fallo proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
La sentencia que, como resolución o pronunciamiento definitivo en el pleito o causa seguidos ante él, dicta un juez o tribunal. | Por extensión, toda decisión que en asunto dudoso o controvertido toma la persona u organismo competente para resolverlo. | SALOMÓNICO. En el sentido histórico, de acuerdo con la relación bíblica, el dado por el rey Salomón en la apasionada disputa de la maternidad de u n hijo entre dos mujeres.
Fallo en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre Fallo
Significado de Fallo en Derecho Español
Sentencia o pronunciamiento definitivo en un pleito. Parte dispositiva de la sentencia, condenando o absolviendo al demandado, y resolviendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto de debate.
Fallo en la Enciclopedia Jurídica
Fallo en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Fallo)
Véase también
Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Fallo en la sección sobre el Derecho Procesal General pueden ser las siguientes:
- Faltas insubsanables y subsanables
- Expresión de agravios
- Estar a Derecho
- Ejercicio de la acción
- Expresión de agravios
Consideración final del Juez en un proceso que se autoriza en la sentencia (en el derecho peruano).
Fallo
Fallo en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Fallo publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Sentencia o pronunciamiento definitivo en un pleito. Parte positiva de la sentencia, condenando o absolviendo al demandado, y resolviendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto de debate.
Fallo/Veredicto/Decisión
Fallo/Veredicto/Decisión
Traducción al Inglés
En el marco de los derechos humanos universales y su origen, la traducción de español a inglés de fallo/veredicto/decisión es decision.
Fallo en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido fallo de la siguiente forma: Veredicto, parte de una sentencia donde se establece la decisión del juez. [1]
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Fallo basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Traducción al Inglés
En el ámbito de los derechos humanos, la traducción de fallo/veredicto/decisión es decision.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Fallo en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Fallo en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Fallo en el Diccionario Jurídico Mexicano
Uso de Fallo en Relación a: Judgment (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)
Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «fallo»: Un judgment [»the final decision of the court resolving the dispute and determining the rights and obligations of the parties»] es, por regla general, una «sentencia». La «sentencia» (a veces también ruling o simplemente decision) es la resolución judicial que pone fin a una controversia entre dos partes (civil, penal, laboral, contencioso-administrativa, comercial, etc.). «Fallo» es, en sentido estricto, la parte dispositiva de la sentencia, que contiene la decisión (y no los argumentos, por ejemplo) del órgano jurisdiccional (juez o tribunal). La sentencia se estructura normalmente en «antecedentes de hecho», «fundamentos jurídicos/de derecho» y «fallo», aunque en algunos países el término «fallo» ha pasado a ser sinónimo de «sentencia». El término judgment se traduce obligatoriamente como «fallo» para referirse a las sentencias que dictan los siguientes órganos (porque ese es el término que figura en sus respectivos estatutos): la Corte Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional y los Tribunales para la ex-Yugoslavia y Rwanda.