¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Estado Archipiélago? Estado archipelágico en la parte IV de la U.N. Convención sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 (1833): Serie de Tratados de las Naciones Unidas que lleva el título cruzado «Estados archipelágicos», define un «Estado archipelágico» como «un Estado constituido totalmente por uno o más archipiélagos y que puede incluir otras islas», y un «archipiélago» como «un grupo de islas, incluidas partes de islas, aguas interconectadas y otros elementos naturales que están tan estrechamente relacionados entre sí que dichas islas, aguas y otros elementos naturales forman una entidad geográfica, económica y política intrínseca, o que históricamente han sido considerados como tales»: artículo 46. Esta parte de la Convención prescribe a continuación una norma especial sobre el trazado por parte de un Estado archipelágico, con el fin de delimitar sus aguas, de líneas de base rectas que abarquen «las islas principales y una zona en la que la proporción entre … agua y … tierra … esté comprendida entre 1 a 1 y 9 a 1»: artículo 47; y permite la designación de vías marítimas archipelágicas y rutas aéreas que deben seguir los buques y aeronaves extranjeros a través o por encima de sus «aguas archipelágicas» y del mar territorial adyacente